REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 de Febrero de 2008
197° y 148°


DECISION No. 097-08.- CAUSA No. 6E-019-02.-


Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal antes de resolver hace las siguientes consideraciones:

El penado ALEXIS RAMON TORRES QUINTERO, titular de la cédula de identidad No. V-9.787.846, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 37 años de edad, hijo Carlos Torres y Marisela Quintero, residenciado en el sector Sierra Maestra, avenida 20, bajando por la Carnicería El Triunfo, Municipio San Francisco, Estado Zulia, quien fuera condenado por el Juzgado el Extinto Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, cometido en perjuicio de la ciudadana Yolanda Mercedes Chacón.

Ahora bien, del estudio del presente caso, este Juzgador observa, que en fecha 04-03-05, según decisión No. 125-05, se decretó el cumplimiento de pena, así mismo se evidencia que para la presente fecha el penado ha cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena accesoria, en fecha 08-01-07, por lo que ha expirado el tiempo total de su cumplimiento, en consecuencia este Tribunal, DECLARA LA SUJECION A LA VIGILANCIA CUMPLIDA a favor del ciudadano ALEXIS RAMON TORRES QUINTERO, plenamente identificado en actas y en tal sentido SE DECRETA LA COSA JUZGADA del referido ciudadano de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del Código Penal, en concordancia el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SUJECION A LA VIGILANCIA CUMPLIDA a favor del ciudadano ALEXIS RAMON TORRES QUINTERO, titular de la cédula de identidad No. V-9.787.846, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 37 años de edad, hijo Carlos Torres y Marisela Quintero, residenciado en el sector Sierra Maestra, avenida 20, bajando por la Carnicería El Triunfo, Municipio San Francisco, Estado Zulia, y en consecuencia SE DECRETA LA COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se ordena la remisión de la presente causa al ARCHIVO JUDICIAL, de este Circuito Judicial Penal. ASI SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; notifíquese a las partes y ofíciese al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y a la Intendencia de Seguridad Parroquial del Municipio San Francisco.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCION (S),

ABG. HEBERTO ESPINOZA BECEIRA
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI.

En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el N° 97-08; se ofició bajo los Nros. 602 y 603-08, y se libraron las respectivas Boletas de Notificaciones.-
El Secretario,

.rem.-