REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 22 de febrero de 2008
197º y 148º


Resolución N 088-08
Causa N° 5E-


Firme como ha quedado el fallo dictado en contra del penado KENNY MICHAEL TOCUYO RONDON titular de la cédula de identidad Nro. 16.368.886,natural de Lo Teques Estado Miranda, de 24 años de edad, de profesión Militar activo con el Rango de Sargento Técnico de Tercera, adscrito al Destacamento de Comando Rurales Nro. 39 de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Mi Ranchito, ubicado en el kilómetro 459 de la Carretera Machiques Colon Municipio Jesús Maria Semprun Estado Zulia, teléfono 0414-33538884, o 0275-2673930 quien actualmente se encuentra bajo la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el artículo 256 del Código 0rganico Procesal Penal y por cuanto a este tribunal de ejecución le corresponde velar por la ejecución de la pena impuesta, a los fines de garantizar el fiel cumplimiento de la misma, hace los siguientes señalamientos:

El penado KENNY MICHAEL TOCUYO RONDON fue condenado por el Tribunal 3º de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Santa Bárbara, en fecha 05-12-2007 a sufrir la pena de CUATRO (04) AÑOS CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, cometido en perjuicio de quien en vida se llamo HOMERO RAMON MONTILLA HERNANDEZ.-

Ahora bien, se evidencia de las actas que corren insertos en la presente causa, que el citado penado se encuentra en libertad, razón por la que este Tribunal ORDENA su Aprehensión, para que luego de haber estado privado de su libertad, pueda optar a cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena; tal como lo establece la norma procesal,
DISPOSITIVA


Por los fundamentos y argumentos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA APREHENSIÓN E INGRESO A LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO del ciudadano: KENNY MICHAEL TOCUYO RONDON titular de la cédula de identidad Nro. 16.368.886,natural de Lo Teques Estado Miranda, de 24 años de edad, de profesión Militar activo con el Rango de Sargento Técnico de Tercera, adscrito al Destacamento de Comando Rurales Nro. 39 de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Mi Ranchito, ubicado en el kilómetro 459 de la Carretera Machiques Colon Municipio Jesús Maria Semprun Estado Zulia, teléfono 0414-33538884, o 0275-2673930 de conformidad con lo establecido en los artículo 64, 479, 484, y 493 todos del Código Orgánico Procesal Penal, a la orden de este Tribunal. Notifíquese a la ciudadana Fiscal Vigésima Séptima (27°) del Ministerio Público remitiendo copia certificada de la presente decisión, en tal sentido 0ficiese al Jefe del Comando Rurales Nro. 39 de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Mi Ranchito, ubicado en el kilómetro 459 de la Carretera Machiques Colon Municipio Jesús Maria Semprun Estado Zulia
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN,


DRA. MILAGROS SOTO CALDERA

LA SECRETARIA

ABG. MAGLENYS GONZALEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, quedando registrada la presente decisión bajo el N° 088-08 se ofició bajo y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación.-



LA SECRETARIA




MSC/ysabel






A quien suscribe, Abogado MAGLENIS GONZALEZ titular de la cedula de identidad Nª Secretaria adscrito al Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, CERITIFICA, que las copias fotostáticas son traslado fiel y exacto de su original inserta en la causa 5E-040-07 Certificación que se expide de conformidad a lo previsto en los artículos 112 del Código de Procedimiento Civil y 76 de la Ley de Registro Publico y del Notariado. En Maracaibo, a los 01 días del mes de febrero de 2008.