REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 14 de febrero de 2008
Años 197° y 148°
RESOLUCIÓN N° 141-08 CAUSA N° 5E-006-06.-
Recibida el acta de Redención por el trabajo y estudio realizado por el penado ENDRY JESUS BAEZ ESCOBAR titular de la cédula de identidad N° V-17737873, actualmente recluido este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal pasa a elaborar computo con Redención de la manera siguiente:
El penado ENDRY JESUS BAEZ ESCOBAR , fue condenado a cumplir la pena de ONCE(11) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de VIOLACION cometido en perjuicio de ENMANUEL FLEIRES MERCADO.
Este Tribunal observa que el penado ENDRY JESUS BAEZ ESCOBAR titular de la cédula de identidad N° V-1773787, fecha de nacimiento 09-03-86 natural de la Villa del Rosario, 21 años de edad, soltero, hijo de Henry Báez y Jenny Escobar, fue detenido el día 09-05-2005, por lo que hasta la fecha: 14-02-08 lleva de pena cumplida DOS (02) AÑOS NUEVE (09) MESES Y CINCO (05) DIAS, mas el tiempo redimido por el trabajo y estudio realizado, UN (01) AÑO TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS para una sumatoria de CUATRO (04) AÑOS, Y VEINTITRES (23) DIAS Faltándole por cumplir: SIETE (07) AÑOS, TRES (03) MESES Y SIETE (07) DIAS.
Asimismo, el citado penado cumple la mitad (1/2) de la pena con Redención el día 21-09-2009.
Cumplirá la Pena Principal el día 21-05-2015.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 21-11-2006.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 01-11-2007.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 11-08-2011, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 21-07-2012, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena o CONFINAMIENTO.
Finalmente, en cuanto a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil, equivalente a Una (1/5) parte de la pena impuesta, una vez cumplida la pena principal, hasta el día 27-08-2017. Y así se Decide.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Decreta los respectivos cómputos con Redención, relacionado con el penado ENDRY JESUS BAEZ ESCOBAR titular de la cédula de identidad N° V-1773787, fecha de nacimiento 09-03-86 natural de la Villa del Rosario, 21 años de edad, soltero, hijo de Henry Báez y Jenny Escobar, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, autorizando el traslado del penado para el 22-02-2008, a las 9:00 de la mañana, a los fines de notificarlo de dicho computo, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y notifíquese mediante Boletas a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal, a la defensa y el Penado.
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
DRA. MILAGROS SOTO CALDERA LA SECRETARIA,
ABOG. MAGLENYS GONZALEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 141-08, se certificó la presente resolución, Se libraron los oficios y notificaciones respectivas. LA SECRETARIA,
ABOG. MAGLENYS GONZALEZ
MSC/ysabel.-
CAUSA N° 5E-006-06
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