REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA






CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 11 de febrero de 2008
Años 197° y 148°


RESOLUCIÓN N° 125-08 CAUSA N° 5E-124-07.-

Recibida el acta de Redención por el trabajo y estudio realizado por la penada EDITH MERCEDES CASTRO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.931.777, Colombiana natural de Barco Magdalena, Colombia, de 47 años de edad, soltera, comerciante, hija de Eduardo José Castro y de María Josefa Rojas, domiciliado en la calle Principal, Barrio Pradera Alta, a una cuadra del Deposito de Licores “El Bebe”, Maracaibo, Estado Zulia, actualmente recluida en la Cárcel Nacional de Maracaibo, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal pasa a elaborar computo con Redención de la manera siguiente:

PRIMERO

La penada EDITH MERCEDES CASTRO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.931.777, fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, previstas en los Artículos 13 y 34 del Código Penal, en concordancia con el artículo 265 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilicito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado Venezolano.

SEGUNDO

Este Tribunal observa que La penada EDITH MERCEDES CASTRO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.931.777,fue detenida el día 26-10-2.005, por lo que hasta la presente fecha: 11-02-08 lleva detenida DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS, mas UN (01) AÑO Y DOCE (12) DIAS de tiempo redimido por el trabajo y estudio realizado, para una sumatoria de TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS Faltándole por cumplir: CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) MESES Y TRES (03) DIAS.
Asimismo, el penado EDITH MERCEDES CASTRO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.931.777, cumple la mitad (1/2) de la pena con Redención el día 14-10-2008.
Cumplirá la Pena Principal el día 14-10-2012.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 14-10-2006.

Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 14-06-2007.

Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 14-02-2010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.

Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 14-10-2010, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena o CONFINAMIENTO.

Finalmente, en cuanto a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil, equivalente a Una (1/5) parte de la pena impuesta, una vez cumplida la pena principal, hasta el día 20-05-2.014. Y así se Decide.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Decreta los respectivos cómputos con Redención, relacionados con la penada EDITH MERCEDES CASTRO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.931.777, Colombiana natural de Barco Magdalena, Colombia, de 47 años de edad, soltera, comerciante, hija de Eduardo José Castro y de María Josefa Rojas, domiciliado en la calle Principal, Barrio Pradera Alta, a una cuadra del Deposito de Licores “El Bebe”, Maracaibo, Estado Zulia, actualmente recluida en la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, asimismo se ordenó su traslado a este Despacho para el día 18-02-08, a las 9:00 de la mañana, a los fines de notificarlo de dicho computo, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y notifíquese mediante Boletas a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal, a la defensa y el Penado.
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN


DRA. MILAGROS SOTO CALDERA LA SECRETARIA,

ABOG. MAGLENYS GONZALEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 125-08, se certificó la presente resolución, Se libraron los oficios y notificaciones respectivas. LA SECRETARIA,

ABOG. MAGLENYS GONZALEZ
MSC/ysabel.-
CAUSA N° 5E-124-07