REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

República Bolivariana de Venezuela





Poder Judicial
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control
Maracaibo, 13 de Febrero de 2.008
196º y 148º
DECISION N° 341-08 CAUSA N° 1C-1798-07
Visto el oficio N° 24-F3-6360-07 de fecha 27 de noviembre de 2007 emanado de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Estado Zulia, donde informa a este despacho que en fecha 27 de noviembre de 2007 ha decretado ARCHIVO FISCAL en la investigación 24-F03-3721-07 la cual es llevada por ante este despacho bajo el N° 1C-1798-07, en beneficio del ciudadano ANTONIO JOSE RIOS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, cometido en perjuicio del ciudadana MARIA ANTONIA MENDEZ RIOS, con fundamentos en el articulo 102 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; este Tribunal en atención a que la Fiscalia tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 09 de julio de 2007, notifico a este tribunal la apertura de la investigación en cuestión en contra del mencionado ciudadano, acusando el respectivo recibo y dando el correspondiente numero de expediente, de conformidad con lo establecido en el articulo 76 y siguientes de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en contra de la misma, en consecuencia, en atención al ACTO CONCLUSIVO que de conformidad a lo establecido en el articulo 102 ejusdem, ha dictado la mencionada Fiscalia, se ordena, el correspondiente ARCHIVO JUDICIAL de las presentes actuaciones, el cese de la condición de imputado del ciudadano ANTONIO JOSE RIOS y su remisión al Archivo Central en su debida oportunidad. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención al ACTO CONCLUSIVO que de conformidad a lo establecido en el articulo 102 ejusdem, ha dictado la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico, ORDENA el correspondiente ARCHIVO JUDICIAL de las presentes actuaciones, el cese de la condición de imputado del ciudadano ANTONIO JOSE RIOS y su remisión al Archivo Central en su debida oportunidad. Notifíquese. CUMPLASE.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

SILVIA CARROZ DE PULGAR.
EL SECRETARIO,

ABOG. ANDRES URDANETA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se remitieron Boletas Con oficio N° 509-08

EL SECRETARIO,

ABOG. ANDRES URDANETA.