Se inicio el presente procedimiento, por escrito presentado por ante este Tribunal por la Abogada MARIA EUGENIA HERNANDEZ GUERRA, en su carácter de Fiscal 36º del Ministerio Público del estado Zulia, en representación de los ciudadanos SILVIA ROSA GARCIA MORALES Y JOEL ADELMO LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.554.716 y V-3.709.581 y domiciliados la primera en el Municipio Cabimas, Estado Zulia y el segundo en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, quienes actúan en este acto en beneficio de la niña (CUYOS NOMBRES SE OMITEN EN RAZON A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) y exponiendo la primera de los nombrados: “Manifiesto mi deseo de cederle de manera provisional la Guarda de mi pequeña hija a su progenitor JOEL ADELMO LUGO, por el lapso de Un (01) año, en razón de que próximamente se realizaran en mi hogar trabajos de remodelación por lo que la niña (CUYOS NOMBRES SE OMITEN EN RAZON A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) cursará sus estudios en el Estado Lara”.
Presentada la solicitud, correspondiéndole por distribución conocer de la presente causa a este Tribunal, por lo que en fecha Once (11) de Noviembre del año 2.004, se le da entrada, ordenándose lo conducente entre ello la Notificación de los ciudadanos SILVIA ROSA GARCIA MORALES Y JOEL ADELMO LUGO y la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Por auto de fecha Dos (02) de Diciembre de 2.004, se agregó Boleta de Notificación del Fiscal 36º del Ministerio Público, debidamente firmada.
Por auto de fecha Dieciséis (16) de Diciembre de 2.004, es agregada boleta de Notificación al ciudadano JOEL ADELMO LUGO, identificado en actas, debidamente firmada.
Por auto de fecha Dieciséis (16) de Diciembre de 2.004, es agregada boleta de Notificación a la ciudadana SILVIA ROSA GARCIA MORALES, identificada en actas, debidamente firmada.
Por auto de fecha Once (11) de Enero de 2.005, día fijado por este tribunal para la comparecencia de los ciudadanos JOEL ADELMO LUGO Y SILVIA ROSA GARCIA MORALES, identificados en actas, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho y no encontrándose presentes los mismos ni por si, ni por medio de sus Apoderados Judicial, se declaró Desierto el acto.
Por auto de fecha Veintiocho (28) de Febrero de 2.005, se agregó escrito S/N de fecha Veinticuatro (24) de Febrero de 2.005, emanado de la Fiscalia 36º del Ministerio Público, mediante el cual solicita la realización de Acto Conciliatorio entre las partes de este proceso, lo cual se resolvió por auto de fecha Tres (03) de Marzo de 2.005.
Por auto de fecha Quince (15) de Marzo de 2.005, es agregada boleta de Notificación al ciudadano JOEL ADELMO LUGO, identificado en actas, debidamente firmada.
Por auto de fecha Quince (15) de Marzo de 2.005, es agregada boleta de Notificación a la ciudadana SILVIA ROSA GARCIA MORALES, identificada en actas, debidamente firmada.
En fecha Dieciocho (18) de Marzo de 2.005, día fijado por este Tribunal para la comparecencia de los ciudadanos JOEL ADELMO LUGO Y SILVIA ROSA GARCIA MORALES, identificados en actas, a los fines de sostener entrevista con la Juez.