“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la ciudadana NEYDA MEDINA, venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, divorciada, titular de la cédula de identidad No. V.- 5.177.943, y domiciliada en Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio MIREYA DURAN DE GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 63.942, quien expuso: El día 31 de Mayo de 2006 fue remitido al archivo judicial la solicitud No. SOL-2U-899-04, con legado 44, Oficio 2U-076-2006, para fines legales que me interesan le solicito que dicho expediente sea traído a este Juzgado para poder solicitar copia certificada de la sentencia dictada por este tribunal juro la urgencia... (Sic)”
Por auto de fecha primero (01) de Febrero de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
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