“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, el ciudadano DANIEL RIVERO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V.- 7.862.590, y domiciliado en la Ciudad y Municipio Cabimas del Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio IRAYDA ROTHE NORIEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 11.426, quien expuso: Solicito de Usted se sirva solicitar y pedir el Expediente No. 2U-1258 incoado por mi esposa EZAIDA FREITES por pensión de alimento a favor de nuestros menores hijos, el cual se encuentra perimido y este Tribunal lo remitió al Archivo Judicial en fecha 22 de Marzo del 2004, en el legajo 16, página 01, ya que en el mismo se encuentran pendiente medidas de embargo en mi contra, que no han sido suspendidas, lo cual ocasionan graves daños e inconveniencias en mi patrimonio... (Sic)”
Por auto de fecha veintitrés (23) de Enero de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.