En horas de Despacho del día de hoy VIERNES OCHO (08) de Febrero de dos mil Ocho, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue la Sociedad Mercantil CARGO EXPRESS, C.A. contra la Sociedad Mercantil CONTINEX DE VENEZUELA, C.A. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada ELIETT ARTEAGA DE RIVERA, específicamente en la sede de la Entidad de Ahorro y Préstamo CASA PROPIA, C.A. ubicado en la calle No 67 con AV. 3F. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a MILAGROS CHIQUINQUIRA CASTILLO DE VELASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.826.041, con el carácter de GERENTE de la entidad de Ahorro y Préstamo donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 0410-0021-00021-102084-0 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece a la Sociedad Mercantil CONTINEX DE VENEZUELA, C.A. y el saldo disponible es la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bsf. 2.565,95). En este estado presente la Apoderada Judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bsf. 2.565,95). que posee la Sociedad Mercantil CONTINEX DE VENEZUELA, C.A., parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 0410-0021-00021-102084-0, a fin de que sea embargada Preventivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bsf. 2.565,95) QUE POSEE LA SOCIEDAD MERCANTIL CONTINEX DE VENEZUELA, C.A., PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO No. 0410-0021-00021-102084-0 Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente la notificada, expuso: “Informo a este tribunal que con posterioridad será remitido al tribunal de la causa el cheque de gerencia correspondiente a la medida practicada en este acto por el monto embargado”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, expuso,”por cuanto el monto embargado no cubre la cantidad total decretada, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada hasta cubrir dicho monto, asimismo dejo constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ :
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA LA SECRETARIA:
COMISION No. 3736-08
EXP. No. 7177
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