REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Siendo horas de despacho del día de hoy Veintinueve (29) de febrero del año dos mil ocho, a las diez y treinta de la mañana, día y hora previamente fijada por este Tribunal Ejecutor, a objeto de darle cumplimiento a la medida innominada decretada por el Tribunal SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue la Ciudadana NORMA RAMONA FINOL en contra del INSTITUTO MUNICIPAL DEL TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE PASAJEROS DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA (IMTCUMA) expediente 15.998.- Acto seguido este tribunal se traslada a solicitud e indicación del apoderado judicial de la parte actora RODOLFO HAYDE, inscrito en el inpreabogado No. 30.883, a la dirección que a continuación señala: Avenida Bella Vista, Edificio IMTCUMA, sede de la empresa demandada en jurisdicción del Municipio Maracaibo Estado Zulia. Una vez constituido este tribunal ejecutor en la dirección aportada por el apoderado judicial de la parte actora, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo al Ciudadano: MIGUEL ANGEL LARES MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.708.104, abogado, inscrito en el inpreabogado No. 108.385 en su carácter de apoderado judicial de la institución en la cual este tribunal se encuentra constituido, según poder general amplio y suficiente otorgado en la Ciudad de Maracaibo, Notaria Pública Octava de Maracaibo, de fecha 26 de julio del 2007, anotado bajo el No. 59, Tomo 123 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, a tales efectos entrego original y copia simple del mismo para que una vez confrontados me sea devuelta su original y sea anexado la copia simple a las actas de la presente comisión.- Seguidamente el tribunal procede a darle estricto cumplimiento a lo ordenado por el tribunal de la causa en el sentido QUE SE ORDENA AL INSTITUTO MUNICIPAL DEL TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE PASAJEROS DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA (IMTCUMA) INCLUIR EN FORMA INMEDIATA EN UNA PARTIDA NO IMPUTABLE A PROGRAMAS LA CANTIDAD DE CINCUENTA Y UN MILLONES NUEVE MIL CIENTO VEINTIUN BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS QUE EN LA RECONVERSION MONETARIA ACTUAL EQUIVALEN A CINCUENTA Y UN MIL NUEVE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. F. 51.009,12). Se le hace saber a la institución hoy ejecutada que deberá cumplir con lo aquí ordenado so pena de estar incurso en las sanciones previstas en el artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, cumpliendo con lo decretado y ordenado por el tribunal de la causa ORDENA LA INCLUSION EN UNA PARTIDA NO IMPUTABLE A PROGRAMAS LA CANTIDAD DE CINCUENTA Y UN MILLONES NUEVE MIL CIENTO VEINTIUN BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS QUE EN LA RECONVERSION MONETARIA ACTUAL EQUIVALEN A CINCUENTA Y UN MIL NUEVE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. F. 51.009,12).-. Cumplida como ha sido la presente comisión se acuerda su remisión al tribunal de la causa, a los efectos legales correspondientes. Concluyó el acto siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana.-.La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en la presente acta. Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

EL EJECUTANTE LA EJECUTADA




LA SECRETARIA

ABOG. LINDA AVILA.