REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- En el día de hoy ,Martes Diecinueve de Febrero de dos mil Ocho, en horas de despacho , siendo las diez de la mañana, día y hora previamente fijada por este Tribunal Ejecutor, a objeto de darle cumplimiento a la QUERELLA INTERDICTAL para la Restitución de la Posesión decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL PARA LA RESTITUCIÓN DE LA POSESION sigue la Sociedad Mercantil HOTEL KRISTOFF, C.A, debidamente Constituida por Documento inserto en los libros de Registro de Comercio que llevo la Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 05 de Noviembre de 1975, quedando anotado bajo el No 63, libro 60,Tomo 1º folios del 25 al 257, cuyos documentos y estatutos vigentes se encuentran debidamente registrados por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 19 de Agosto de 1987, bajo el No 66, Tomo 57ª, posteriormente modificados, según consta en documentos inscritos por ante el citado Registro, el 27 de mayo de 1.992, bajo el No 42, Tomo 24ª, el dia 25 de Julio de 1997 bajo el No 5, Tomo 57ª y el día 19 de Diciembre de 1977, bajo el No 24, Tomo 93-A, en contra de los ciudadanos: MONICA NATALIA KRISTOFF, HERNAEZ ANTONY KRISTOFF Y MARIA MILAGROS HERNAEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos 11.282.488, 24.403.145 y 3.647.169, respectivamente.-Acto seguido este Tribunal Ejecutor de Medidas se traslada a solicitud de los apoderados judiciales de la parte actora HAIDELINA URDANETA HERRERA y GIXSA SALAS VILORIA, inscritas en el inpreabogado No. 22.866 y 18.544, respectivamente, a la siguiente dirección Inmueble ubicado en el Sector Tierra Negra, calle 68, actualmente con nomeclatura 8ª-03, nomenclatura que fue cambiada a solicitud de la Sra Maria Milagros Hernáez, conforme consta en las actas de la pieza de ejecución, que fueron acompañadas para mayor inteligencia de la comisión conferida, conforme informe de OMPU donde se especifica que haciendo uso de un documento de propiedad distinto se obtuvo de manera irregular la nomenclatura actual, pero cuya nomenclatura originaria como también consta en acta de la comisión es la No. 68-40, ubicado en la calle 68, en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia - El Tribunal esta siendo custodiado por los Oficiales de la Policía Regional. Fernando Nava, José Mavarez, Alexis Vargas, No de Credencial 2131, 4976 y 3814 respectivamente- Una vez constituido este tribunal en la dirección antes señalada cuando esta juzgadora no había terminado de desembarcarse del vehículo que la trasladó, se presentaron los apoderados judiciales de la parte demandada en el juicio principal, ROSA MARIA CRIBEIRO VALDEZ, inscrita en el inpreabogado No. 52.094, y RUBEN DARIO ROJAS SOLANO, inscrito en el inpreabogado No. 13.393, a quienes este tribunal notificó e impuso del motivo de la constitución del mismo en el inmueble señalado por los apoderados judiciales de la parte actora, manifestando al tribunal ejecutor lo siguiente: “ En primer lugar, la nomenclatura señalada en el despacho comisorio No. 68-40, pertenece a la ubicación del Hotel Kristoff C.A, según recibo de Enelven, acompañado por la querellante a su libelo de demanda y que corre en el expediente en el folio 29, donde claramente se lee “HOTEL KRISTOFF C.A. Santa Rita, Avenida 8 Local 68-40, lo que comprueba que la casa donde se ha constituido el tribunal nunca ha tenido esta nomenclatura (68-40) señalada en el despacho comisorio, esto significa en otras palabras que el Número base de la nomenclatura de un inmueble que le permite diferenciarlo uno de otro señala el número de la calle o el número de la avenida según se trate, por ejemplo: El número 68-40, no puede estar ubicado en la calle 68, pues el número 40 que es el anexo al 68 significa que está a cuarenta metros de la calle 68, como bien lo explica el recibo de enelven que en fotocopia consignamos en este acto y con la finalidad de demostrar de que el inmueble sobre el cual se ha decretado la medida de restitución de posesión señalado en el despacho comisorio librado por el tribunal de la causa, no se trata del mismo inmueble, y de acuerdo al artículo 238 del Código de Procedimiento Civil el comisionado debe dar estricto cumplimiento a la comisión en los términos contenidos en el despacho comisorio, por todo lo antes expresado con el debido respeto y acatamiento solicitamos a este tribunal comisionado se sirva verificar nuestro señalamiento y en consecuencia se abstenga de ejecutar la medida de restitución solicitada, consignamos de igual manera un recibo de enelven perteneciente al inmueble donde se encuentra constituido el tribunal, donde se lee claramente Sector Santa Rita Calle 68, Casa 8ª-03 Maracaibo. Es Todo” En este estado este tribunal recibe de manos de los apoderados judiciales de la parte demandada en el juicio principal, los dos recibos de ENELVEN a los cuales hizo referencia en su exposición, y ordena agregarlos a las actas de la presente comisión.- En este estado el Tribunal deja expresa constancia que se encuentra en las afueras del inmueble que ha sido señalado por los apoderados judiciales de la parte actora donde se ejecutará la medida de restitución, por cuanto no había terminado de llegar el tribunal a la dirección señalada e indicada, cuando los apoderados judiciales de la parte demandada en el juicio principal, realizaron los argumentos que anteceden y manifestando igualmente que ellos estaban allí porque sabían o presumían que el tribunal se trasladaría a un inmueble distinto al establecido en el despacho comisorio, visualizando esta juzgadora que en la pared de la cerca frontal del inmueble se encuentra pintado un número que dice 8A-03, situación esta que motivo a esta juzgadora y dada la circunstancia que el inmueble presumiblemente es ocupado en la actualidad por una señora de la tercera edad, procedió a girar instrucciones al práctico que la acompaña en la presente medida previa juramentación de la misma, para que verifique y determine con exactitud si el inmueble señalado por los apoderado judiciales de la parte actora tiene correspondencia con el señalado y deslindado suficientemente por el tribunal de la causa en el despacho comisorio. Acto seguido este tribunal procede a nombrar practico a la Ciudadano VIANNEY JOSEFINA OCHOA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.166.288, de este domicilio, quien estando presente acepto el cargo y el tribunal procede a juramentarla de la siguiente manera: ¿Jura usted cumplir con apego a la constitución de la República Bolivariana de Venezuela y leyes pertinentes al caso, con las funciones y obligaciones inherentes al cargo recaido en usted? Contesto.- Si lo Juro.- De inmediato este tribunal continuando aún en las afueras del inmueble señalado por las apoderadas judiciales de la parte actora, procedió a girar instrucciones al práctico nombrado al efecto para que determine y precise con exactitud el inmueble que fue señalado por las apoderadas judiciales de la parte actora donde se ejecutará la medida de restitución ordenada por el tribunal de la causa, y que los apoderados judiciales de la parte demandada en el juicio principal alegan tratarse de un inmueble distinto al determinado por nomenclatura en el despacho comisorio.- Acto seguido el tribunal procede a girar instrucciones al practico nombrado al efecto a fin de que determine y especifique con la exactitud que amerite el caso el inmueble señalado por las apoderadas judiciales de la parte actora, para así determinar la correspondencia del mismo con el señalado en el despacho comisorio.- Seguidamente la práctico nombrada al efecto expone: “ El inmueble tipo casa quinta se encuentra ubicado en el tapón de la avenida 8B, según poste de ENELVEN D07C25 que se encuentra en el lindero norte de la vivienda objeto de esta medida, donde aparece señalizada que la avenida es 8B, con calle 68, dejando la salvedad que según nomenclaturas de viviendas colindantes presentan alguna de ellas nomenclatura municipal numero 8ª, el inmueble objeto de esta medida presenta una numeración en su lindero norte o fachada principal con pintura negra que dice 8A-03, y en el poste que queda en su misma fachada tiene una numeración de 8ª-03, que es la nueva nomenclatura, asimismo en el despacho comisorio viene determinada que este inmueble presenta una nomenclatura No. 68-40. El inmueble presenta los siguientes linderos: NORTE : Calle 68, SUR: Propiedad del Hotel Kristoff. ESTE: Con nomenclatura Municipal 8-47, propiedad que es o fue de Jaime Arévalo, y OESTE: Propiedad del Hotel Kristoff. Verificados por mí y correspondiendo los mismos a los reproducidos en el despacho comisorio por el tribunal de la causa, en referencia a las medidas del inmueble exteriormente no es posible realizarlas, puesto que es necesario corroborar las mismas en el interior del inmueble.- Acto seguido este tribunal conmina a los apoderados judiciales de la parte demandada en el juicio principal y hoy parte ejecutada, se sirva aperturar las puertas del inmueble a fin de que este tribunal se constituya dentro del mismo y la práctico nombrada al efecto pueda verificar las medidas que requiere.- Seguidamente los apoderados judiciales de la parte ejecutada procedieron a comunicarse vía telefónica con los ocupantes del inmueble, manifestándole que procediera a abrir la puerta porque en las afueras se encontraba un tribunal constituido. Acto seguido la puerta principal de acceso al inmueble fue aperturada por una Ciudadana que dijo ser María Hernáez, quien permitió de manera voluntaria el acceso de este tribunal al interior del inmueble objeto de la presente medida. Quien posteriormente se identificó como MARIA MILAGROS HERNAEZ DE KRISTOFF, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.647.169, notificándole a la misma el motivo de su presencia y constitución. Asimismo el tribunal deja expresa constancia que en el sitio hicieron acto de presencia los Ciudadanos ANTHONY CHARLES KRISTOFF HERNAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 24.403.145, y MONICA NATALIA KRISTOFF HERNAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.282.488, de este domicilio, a quienes este tribunal impuso del motivo de su presencia y constitución. El tribunal deja expresa constancia que procedió a implementar los medios alternos de resolución de conflictos, exhortando a las partes a solucionar el conflicto planteado de una manera amistosa y voluntaria, sin resultado positivo alguno, por cuanto los apoderados judiciales tanto de la parte ejecutante como de la parte ejecutada, manifestaron a este tribunal no tener instrucciones de sus clientes de resolver el conflicto sino a través de la vía jurisdiccional. Acto seguido este tribunal gira instrucciones al práctico nombrado al efecto para que verifique las medidas en cuanto a superficie de terreno se refiere y realice la descripción del mismo.- En este estado presente la practico nombrada expuso: “ El inmueble donde se encuentra el tribunal constituido su identidad o correspondencia se verificó o determinó mediante los siguientes parámetros: 1) Por Ubicación: La cual se determinó por señalizaciones de calle, y tomando en cuenta que este inmueble forma parte de una mayor extensión, del inmueble ubicado en la calle 68, signado con el número 68-40, las medidas y linderos se determinaron con la utilización de instrumentos de medición onómetro y brújula, dando como resultado que la cavidad de la superficie del terreno se corresponde o se identifica con las tomadas físicamente con estos instrumentos, dando como resultado que la poligonal tiene un área o una superficie aproximada de 912,3 MTS 2, es decir novecientos doce metros cuadrados con tres decímetros cuadrados, que comparándolo con el área o superficie del terreno determinado en el despacho comisorio que es de 911,49 M2, podemos decir que el inmueble se corresponde con el deslindado e identificado en el despacho comisorio. El inmueble tipo casa quinta consta de las siguientes dependencia: Sala, comedor, cocina con un mueble de madera en parte revestido en fórmica y con puertas de madera tipo romanilla completamente desinstalado, deteriorado y en el piso, un área de lavadero sin batea con baño incorporado con ducha, un lavamanos el cual se encuentra en el piso. Un baño social sin piezas sanitarias, un área de estar, un pasillo de distribución a desnivel con un closet en madera, tres dormitorios uno de ellos con baño incorporado con sus piezas sanitarias bidet, bañera y ducha, todos los dormitorios con closet en madera, un dormitorio principal con su baño incorporado con sus piezas sanitarias, bidet, bañera y ducha, un baño común con sus piezas sanitarias y ducha.- Presenta un porche o terraza techada intermedia entre área anexa y las dependencias antes descritas, las cuales consta de tres dependencias o áreas de dormitorios las cuales actualmente fungen como depósito, estas tres dependencias dos de ellas presentan baños incorporados con sus piezas sanitarias y ducha. En el exterior presenta igualmente dos garajes techados con estructura de madera con techo revestido en teja de arcilla y piso de cemento rústico en ambos linderos este y oeste, cerca perimetral por su lindero norte presenta cerca perimetral de paredes de bloques frisados y pintados con dos portones de uso vehicular tipo corredizo y dos de uso peatonal de estructura metálica con detalles en madera, por su lindero este -oeste y sur de igual manera presenta cerca de mampostería con paredes de bloques frisados y pintados. Estructura Física del Inmueble: Se trata de una construcción tradicional con paredes de bloques frisado y pintado y en partes revestido en cerámica, pisos revestidos en parte en granito vaciado y en parte en baldosas de cerámica, techo de losa nervada, ventanas del tipo romanilla con vidrios claros y en parte de madera con vidrio, electricidad embutida en paredes y techos, puerta principal y del anexo de madera decorada, y puerta secundarias de madera entamborada.. Condiciones del Inmueble: En buen estado de uso y habitabilidad.- Concluyo con esto mi exposición.-En este estado presente los apoderados judiciales de la parte ejecutada expusieron. “ Se observa de la exposición del experto designado por el tribunal para verificar si las medidas y linderos nomenclatura y descripción del inmueble señalado en el despacho comisorio, coinciden con la observación que el experto ha llevado a cabo, de su exposición vemos claramente que en cuanto a la descripción del inmueble no coincide con la descripción que aparece en el despacho comisorio que concretamente se reduce a lo siguiente el despacho sostiene que el inmueble, tiene tres habitaciones un baño común y demás áreas anexas y el experto designado por el tribunal en su informe señala que el inmueble está constituido por seis habitaciones por dos baños, que no aparecen repetimos en el despacho comisorio. Por otra parte no menciona tampoco la existencia de una placa que está en la pared de la entrada principal, en el frente de la vivienda, que tiene años allí signada con el No. 8A-03, las dos casas colindantes tanto por el lado izquierdo como por el derecho están signadas con los número 8ª-52 del lado izquierdo, 8-47 del lado derecho, difícilmente la signatura donde estamos hoy constituido podría signarse el número de la casa 68-40. Por lo tanto respetuosamente como no coincide la descripción del inmueble señalado en el despacho comisorio con la experticia practicada por el perito designado por el tribunal, con el debido respeto solicitamos se abstenga el tribunal de practicar la medida.- Seguidamente las apoderadas judiciales de la parte actora expusieron: “Existe constancia en documentos administrativos públicos emanados de OMPU donde se evidencia que ciertamente la nomenclatura fue cambiada de manera subrepticia, igualmente el despacho comisorio en lo que se refiere a la casa quinta tiene cuatro habitaciones y cuatro baños y la extensión anexa no se encuentra habitada se usa como depósito y creemos con todo respeto que la coincidencia en linderos, superficie y demás determinaciones hecha por la experto, de acuerdo a las máximas de experiencia y derechos y deberes establecidos en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, le asisten a este juzgador o a este tribunal ejecutor, se debe concluir que nos encontramos en el inmueble objeto de litigio y respetuosamente pedimos se restituya la posesión a mi representada HOTEL KRISTOFF C.A.- Es todo.- En este estado este tribunal ejecutor de medidas vista la exposiciones que anteceden y antes de decidir sobre la ejecución comisionada por el tribunal de la causa, como antesala a la misma realiza las siguientes consideraciones sobre lo planteado por los apoderados judiciales de la parte ejecutada, y lo realiza de la forma siguiente: 1) En referencia a lo indicado por los apoderados judiciales de la parte ejecutada en su primera exposición, que el inmueble donde se encontraba el tribunal no era el mismo señalado en el despacho comisorio, ya que la nomenclatura señalada en el despacho comisorio es. 68-40, la cual pertenece en ubicación al Hotel Kristoff C.A, y de acuerdo al artículo 238 del Código de Procedimiento Civil el comisionado debe dar estricto cumplimiento a la comisión en los términos contenidos en el despacho comisorio, sobre este punto es necesario hacer referencia que a pesar que la ley adjetiva determina los parámetros en los cuales el juez comisionado debe actuar, no obsta para que este aplique si así fuera el caso por preeminencia de la norma lo establecido en los preceptos constitucionales como lo es lo consagrado en los artículos 26, 49, y 257, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, garantizando de esta manera una tutela judicial efectiva en un proceso que tiene como fin la justicia. Si bien es cierto que el inmueble objeto de la presente medida presenta en su área externa pintado un número que dice 8A-03 y dentro del mismo tiene una placa que hace referencia al mismo número, el despacho comisorio nos habla que el inmueble objeto de la presente medida es parte de mayor extensión del inmueble ubicado en la calle 68, signado con el No. 68-40 que es el inmueble que ocupa el HOTEL KRISTOFF, parte ejecutante en la presente comisión, tal como lo refirieron los apoderados judiciales de la parte ejecutada y que a su vez consignaron para mayor ilustración de este tribunal copia fotostática del recibo que emite la empresa ENELVEN, donde consta lo antes dicho. No obstante lo antes referido el tribunal a objeto de poseer una mayor ilustración en referencia al inmueble objeto de la presente medida y no realizar una ejecución errónea que pudiese causar daños irreversibles a las partes ejecutadas, procedió a auxiliarse de práctico para que determinase la coincidencia de medidas y linderos del inmueble donde éste se encuentra constituido con las que refiere y determina el despacho comisorio, por cuanto es de conocimiento público porque así lo hace saber el ente administrativo que es el que tiene la responsabilidad del ordenamiento urbano y está facultado para tal fin, que la nomenclatura o número que se le otorga a un inmueble no es significativo de propiedad o posesión, ya que la nomenclatura municipal o número cívico es solo un código consecutivo que identifica el inmueble de la generalidad de aquellos que le rodean. Las medidas y linderos transcritas en el despacho comisorio y suficientemente verificadas en el sitio por la práctico nombrada al efecto, arrojaron una coincidencia tanto en linderos como en medidas, lo que da certeza a este juzgador de estar constituido en el inmueble objeto de la medida comisionada por el tribunal de la causa .- 2) En referencia a lo que señalan los apoderados judiciales de la parte ejecutada que la práctico nombrada al efecto por este tribunal procedió a describir un inmueble distinto al que está descrito en el despacho comisorio y concretamente puntualizaron lo siguiente el despacho sostiene que el inmueble, tiene tres habitaciones un baño común y demás áreas anexas y el experto designado por el tribunal en su informe señala que el inmueble está constituido por seis habitaciones por dos baños, que no aparecen repetimos en el despacho comisorio. Sobre este particular es necesario remitirnos al despacho comisorio en cuanto a la descripción interna del inmueble para ello el juez aquo refiere que la casa 68-40 consta de area de cocina, lavadero, sala, comedor, estar con área de closet, baño de visita, habitación de servicio con baño, 3 habitaciones en desnivel, habitación principal con baño y dos habitaciones con baño común, área anexa a la casa destinada para depósito. Encontrando esta juzgadora plena coincidencia en lo explanado por la práctico nombrada al efecto con lo que establece el despacho comisorio.- Por todo lo antes expuesto y visto los razonamientos realizados por esta juzgadora a las exposiciones de los apoderados judiciales de la parte ejecutada, este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, MARA, PAEZ, Y ALMIRANTE PADILLA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESTITUYE LA POSESION EJERCIDA AL HOTEL KRISTOFF C.A, sobre el inmueble suficientemente deslindado y descrito en la presente acta, asimismo le hace saber a la parte ejecutada que los bienes muebles que se encuentran en el interior del mismo no están afectos a la medida que se practica, exhortándolos a retirarlos en este momento. Seguidamente la parte ejecutada Ciudadanos MARIA MILAGROS HERNAEZ, MONICA NATALIA KRISTOFF HERNAEZ, Y ANTHONY CHARLES KRISTOFF, ya identificados, procedieron a manifestar que ellos no tenían donde guardar sus bienes muebles y que el tribunal procediera como “mejor le pareciera” y que ellos sabían muy bien porque se estaba haciendo todo esto, situación esta que fue tolerada por los apoderados judiciales de la partes ejecutada.- Acto seguido el tribunal exhorto de manera enérgica a los ejecutados en el sentido que la orden del tribunal debe ser respetada y acatada, y que en caso de presentarse nuevamente una situación similar en la culminación de la ejecución que se practica, esta juzgadora tomará las medidas legales pertinentes que le confiere la ley.- En este estado las apoderadas judiciales de la parte actora expusieron; Visto la exposición realizada por los ejecutados en la presente medida y su renuencia de colaborar en el traslado de sus bienes al sitio que ellos indiquen, solicitamos a este digno tribunal proceda tal como lo establece la norma sustantiva al efecto, a realizar un deposito necesario para lo cual solicitamos se nombre Depositaria Judicial y que previo inventario sean llevados los bienes de las parte ejecutada a las instalaciones de la misma, por cuanto en nombre de nuestro poderdante debemos recibir el inmueble libre de personas y cosas. Es todo. Seguidamente este tribunal procede a nombrar DEPOSITARIA JUDICIAL a la Sociedad Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A., representada en este acto por la Ciudadana VIANNEY JOSEFINA OCHOA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.166.288, de este domicilio, este tribunal procede a tomarle el juramento de ley, ¿Jura usted cumplir con las obligaciones y funciones inherentes al cargo recaido en su persona? Si lo juro.- Acto seguido el tribunal gira instrucciones al representante de la depositaria judicial nombrada al efecto, que proceda a realizar el inventario respectivo por cuanto es de imperiosa necesidad realizar un depósito necesario habida cuenta de la posición y actitud asumida por las partes ejecutadas en la presente medida, situación esta que ameritó que este tribunal solicitara el auxilio de la fuerza pública Igualmente se deja expresa constancia que una vez comenzado el inventario, hubo la necesidad de realizar un llamado de atención a la prudencia, ponderación y colaboración a las partes ejecutadas por cuanto como táctica dilatoria estaban obstaculizando el inventario que está realizando la representante de depositaria judicial. En este estado este tribunal ejecutor siendo las tres y treinta de la tarde y visto que no se ha podido concluir con la medida comisionada habilita el tiempo necesario para continuar la misma.- Seguidamente la representante de la depositaria judicial dicta a continuación el inventario de los bienes muebles objeto del depósito necesario: de la siguiente manera; AREA DE SALA COMEDOR; 1) Mesa de comedor de madera color negro, 2) Dos ceibo de madera color negro, con detalles en dorado, uno grande y otro pequeño, 3) Una mesa de centro de madera con tope en formica blanca marmoleada, 4) 5) Un radio marca sony, modelo CRF-5100, 6) Un juego de recibo con asiento en tela estampada color verde y beige con estructura de madera, y un sofa de tres puestos, una mesa de centro color negro, dos butacas, dos mesa pequeñas con detalles en dorado, 6) Dos sillas en madera color negro, con asiento de tela color rojo, 7) Una vitrina en madera color negro con puertas en madera y en vidrio, 8) Una lampara de pie con estructura metálica en bronce con gorro color beige, 9) Lampara de mesa de bronce con vidrio 10) Mueble de madera pulida color nogal con una puerta de una hoja, 11) Mesa alta de madera color nogal, 12) Televisor Marca Sony de 29” aproximadamente, modelo KV-327536, Serial No. 7073897, con mesa de madera color negro, con puertas en vidrio, 13) Un VHS marca sony, modelo SLV-700HF, 14) Un telefono antiguo de pie de bronce en funcionamiento 15) Un espejo decorado en estructura metálica color dorado, 16) Un mueble en madera envejecida color marrón y detalles en verde con puerta de dos hojas y entrepaños en madera, 17) Un “Puff” en tela color beige, 18) Silla pequeña de mecedor de madera 19) Cuatro gavetas de madera en color nogal 20) Piezas o tope de mármol con betas marron y beige 21) Lampara de pie con estructura metálica color plateado y gorro de papel color blanco, 22) Cuatro banquetas de madera 23) Cuarenta (40) piezas de loza decorada con flores azules y fondo blanco 24) seis piezas de refractarios con dos tapas de vidrio, 25) Juego de siete cuchillos en estuche de madera 26) Loza decorada fondo blanco con bordes de flores marrones y dorado ( 11 platos llanos con sus tazas ) 27) Losas fondo blanco con bordes en azul con dorado (11 piezas) 28) Losa de fondo blanco y borde en azul con una estrella contentivo de trece piezas. 29) Tres piezas de losa o jarrones decorados, 30) Quince vasos de vidrio de diferentes tamaños con cuatro jarras de vidrio 31) Una cafetera de losa, cinco tapas de acero inoxidable una de vidrio, dos tenedores y siete tazas de café medianas de losa 32) Veintinueve copas de vidrio, catorce piezas de cerámica decorada de diferentes tamaños 33) Un plato llano grande, un refractario mediano 34) Una botella de Güisqui Swin en su caja 35) Dos cafeteras de acero inoxidable 36) Un sachetero de cristal 37) Un sacacorcho 38) Diez velas y un velón 39) Un florero de vidrio y tres platos de cerámica llano. AREA DE PASILLO HACIA LOS CUARTOS: 1) Un Espejo enmarcado en madera hojillado dorado 2) Ocho retratos personales 3) Cuatro cuadros y ochenta y dos libros en caja de madera AREA DE LAVADERO: 1) Una lavadora marca WIRPHOL color blanco, modelo LSQ8000JQ1 Serial CL0401836, 2) Una secadora color blanco modelo LER8000JQ1 serial ML2036087, 3) Dos cestas de mimbre para ropa una color natural otra blanca, 4) Una silla de mimbre color natural con asiento plástico floreado, 5) Una mesa alta de madera color nogal 6) Un lavamano color blanco, 7) Una cava con emblema de cocacola 8) una plancha de vapor Black and Decaer, modelo Quick’N easy, 480 9) tres gavetas de madera color nogal 10) Ponchera color azul plastica 11) Una escalera metálica de aluminio mediana 12) Un extinguidor. AREA DE DESPENSA: 1) Tres botellones plásticos 2) Tres envases de vidrio 3) Doce tablas de madera, y una plástica 4) Cinco bandejas de metal 5) Una tostadora de pan 6) Una hielera de acero inoxidable 7) Una caja de ganchos de cortina 8) Cuatro bombillos, tres ceniceros de cerámica, una garrafa de cerámica, un envase cilindrico de metal, dos refractarios de cocina rectangular, 9) Una cafetera de acero inoxidable 10) Cuatro tazas de vidrio y cuatro envases plásticos 11) Una canasta plástica y nueve platos de vidrio, 12) Un molino de metal y dos machacadores de madera 13) Un envase licuadora plástico y cuatro bombillos fluorescentes 14) Una picadora sumbean, un extractor de jugo Black and Decker, 15) Un exprimidor moulinex, una canasta de mimbre con utensilios de cocina 16) Un envase de cerámica y dos de metal 17) Un molde de hornear y tres envases plásticos, 18) Dos gomas espumas para ejercicios 19) Cuatro paños de puertas corredizas de aluminio con vidrio 20) Un rifle de aire marca Norica 21) Cuatro sillas pequeñas plegables playeras 22) Un juego de bolas criollas y dos pesas pequeñas 23) Seis pelotas de tenis 24) Una canasta de mimbre 25) Un tobo con dispensador y una manguera de jardin 26) Siete cuadros de diferente tamaños y motivos 27) Cuatro puertas de closets de madera 28) Varias flechas de artesanía 29) Bolsas con sabanas y edredones 30) Bolsa negra con nueve cuadros 31) Dos parillas de cocina 32) Un tula con varios articulos deportivos 33) Dos bolsas de manteles 34) Un cobertor plástico 35) Dos candelabros de hierro forjado.- CLOSET DE LENCERIA: 1) Cuarenta y cuatro toallas de diferentes tamaños y colores 2) Un edredón color blanco, seis cobijas 3) Nueve cojines 4) Dos mantas 5) Una cortina 7) Una manta de colores 8) Un camino de mesa y dos uniformes 9) cuatro delantares, veinte sabanas, 21 fundas, tres almohadas 10) Un juego completo de edredón 11) Cuarenta y nueve toallas 12) Un cubre colchon 13) Cuatro fundas, una sabana 14) seis servilletas de tela 15) cuatro toallas de mano 16) Cinco rollos de lana, 17) Dos guantes de cocina y dos manteles playeros 18) Una cortina de cocina, otra cortina normal y una plástica 19) Un tapete tipo gobelino 20) Doce manteles individuales, 21) Un juego de cubiertos en caja de madera incompleto 22) Cinco sweter de lana y cinco bufandas, 23) Nueve tapas de ollas de acero inoxidable 24) Cuatro alfombras 25) Un termo 26) Cuatro cajas de cubiertería con cucharitas y tazas de plata 26) Una canasta con cosa de manualidades 27) Tres vestidos 28) Una chaqueta y pantalón de esquiar 29) Cuatro bolsitas de pesas 30) Seis chaquetas de diferentes colores, 31) Ganchos para cortina de baños 32) Una chaqueta y pantalón a cuadros, 33) Un cepillo y cuatro envases de detergentes : AREA DE COCINA: 1) Partes de gabinete de cocina madera y formica, 2) dos marcos de puerta de madera 3) Cinco muebles de gabinete de cocina en formica 4) Mueble formica con campana incorporada 5) Siete gavetas 6) Mueble fórmica nevera 6) Una cocina General Electric 7) Una nevera Wirphol serial S10927507, 8) Mueble fórmica con cocina electrica incorporada de cuatro hornillas con tres gavetas sin serial 9) Una puerta de romanilla 10) Un fregadero de dos tinas con grifo 11) Trece ollas y un colador en acero inoxidable y un sartén AREA DE HABITACIONES, CUARTO PRINCIPAL.- 1) Un TV Sony serial 8000155 2) Un DVD marca daewood con control 3) Una poltrona de flores marron 4) Dos mesas de noche con tope de granito, con dos lamparas de noche 5) Una impresora HP con Fax 6) Un teléfono inalámbrico toshiba 7) una peinadora con siete gavetas y tope de granito con su silla de madera y con tela color caoba 8) Un minicomponente marca AIWA con dos cornetas 9) Una silla de madera con asiento forrado en tela color marrón, 10) Una cama king size y dos box individuales 10) Una mesa de planchar, noventa y cuatro libros, ochenta y cuatro cds y veintiun casettes, 11) Una alfombra de área de color rojo 12) Veintiocho libros y cinco piezas de cerámica 13) Dos candelabros pequeños con dos velas 13) Seis retratos familiares 14) Un cuadro 15) tres satcheteros de vidrio 16) Una plancha black and decker 17) tres almohadas 18) Juego de sabana, edredón, un cubrecolchón 19) Una alfombra pequeña 20) un reloj despertador pequeño 21) Una mesa de noche de metal 22) un matero de cerámica 23) tres cuadros pequeños 24) Un atlas grande y un portacintas, 25) Dos bolsos de costura con sus implementos 26) Un bolso de cuero 27) Un portacinta plástica 28) Ocho pares de zapatos 29) Tres pares de botas 30) Un neceser 31) Objeto varios ( Seda, portarretratos, portavela ) 32) Afeitadora electrica marca eltron 33) Un aparato de masajes marca Ester 33) Catorce sweters y un mono deportivo 34) Tres pares de guantes y cuatro pares de media de lana. 35) Un bolso de semicuero con objeto varios 36) Un secador de pelo marca Ester y una bolsa con rollos de pelo, 37) Tres portarretratos 38) Un neceser con cremas, 39) Diecinueve toallas de diferentes colores y tres pañitos de tela, y algunas revistas, ropas varias y toallas. y AREA DE ESTAR.- 1) Dos lamparas de vidrio, 2) Una silla playera PVC y una plegable en semicuero blanco para masajes 3) Una caja de herramientas grande 4) Un mueble de fórmica de cocina 5) tres canastas de mimbre, diez muebles de metal, una puerta de madera y un termo grande DEPOSITO DEL ESTAR: 1) Una licuadora en su caja, un tosti arepa de dos arepas 2) Una cava plástica con ruedas y tapas con paños de cocina y utensilios de cocina 3) Una alfombra de área y dos cobijas 4) Sistema de empaque al vacío en su caja 5) Un adorno en bronce decorado envejecido 6) Un archicomodo blanco con diferentes utensilios 8) Un cuadro con marco en plateado y motivo de mujer 9) Tres lamparas de techo de vidrio con sus bombillos 10) Seis gorros de lamparas en vidrio 11) Cuatro ensaladeras de vidrio en diferentes tamaños 12) Diecisiete tinajas de arcilla 13) Una lampara de gas 14) Una pelota de bowling 15) Un filtro coleman con dispensador 16) Una caja de adornos vidrio y cerámica 17) Dos envases plásticos rectangular tipo tuperware 18) Una bolsa con cojines y una con flores 19) Dos coladores de cafetera y.- AREA DESTINADA A DEPOSITO.- 1) Una mesa de madera color beige con una gaveta central 2) Un amolador de cuchillo eléctrico marca SHEFS CHOICE 100 3) Tres espaldares de cama de madera color beige 4) Una lámpara de metal de hierro con gorro color beige 5) Un juego de comedor compuesto de una mesa rectangular en madera color caoba y cuatro sillas en madera color caoba con el asiento forrado en cuero 6) Una cama de madera de pino con seis almohadas 7) dos lámparas de mesa color beige con el gorro color beige 8) Una mesa tipo pedestal con cuatro gavetas frontales, 9) un sofa de tres puestos forrado en tela color marrón 10) dos mesas de noche de madera color natural con dos gavetas centrales cada una 11) Un pedestal color dorado con la base en marmolina color negro, siete almohadas y seis cubrecamas en caja de cartón 12) Una cama matrimonial color caoba con su colchon 13) Un waterclock portátil marca weekend 14) Un espejo 15) Una maquina de cocer portátil marca brother cuatro sillas de madera color caoba con cuero en su estructura 16) Una lampara de cerámica color blanco con gorro color blanco 17) Una silla de madera color beige, con el asiento en color beige 18) Una repisa con siete gavetas central 19) una cama tipo matrimonial con su respectivo colchon 20) una peinadora en madera color nacar, con dos sillas de noche, un puff una mesa pequeña todos en color nacar 21) Dieciocho cajas de cartón contentiva de libros varios, 22) Seis bolsas plásticas color negro contentiva de ropa variada 23) Dos cajas de cartón una de estas con once chaquetas de dama y caballero de tela y de semicuero y la otra con seis pares de zapatos de dama y de caballero 24) Ocho sillas de madera color caoba con el asiento de tela color rojo, 25) Cinco colchones de tipo matrimonial 26) Dos vidrios rectangulares biselados 27) Cuatro sillas de metal con el asiento y el espaldar color amarillo 28) Una vitrina en madera color caoba con dos puertas y vidrios enmarcados, dos gavetas centrales y dos puertas de madera en la parte inferior de la misma 29) Tres sillas de metal de hierro, 30) un ceibo de madera color caoba con cinco gavetas y cinco puertas, 30) Siete cuadros de diferentes tipos motivos y colores 31) Tres cajas con ropa y zapatos varios 31) Utiles de cocina varios. 32) Una base de plástico tipo rectangular para mesa 33) treinta y siete discos LP de vinil 34) Una maleta color beige y marron cerrada 35) Una mesa rectangular color caoba oscuro 36) Un lavamano y un waterclose color blanco de cerámica 37) Un espejo con marco de madera color blanco 38) Dos lamparas tipo pedestal color blanco grandes 39) Una cigüeña rota 40) Diez utensilios de cocina, ollas platos de acero inoxidable 41) Dos floreros de marmolina, 42) Dos paelleras 43) Una fuente 44) Dos sartenes de metal 45) Una cocktlera de metal niquelado 46) Dos jarras de aluminio 47) Una licuadora de metal 48) Veinticinco copas de cristal 49) Cinco jarras de cristal 50) Doce pocillos de porcelana 51) Cincuenta y ocho piezas platos grandes pequeños y medianos de cerámica 52) Una cafetera de cristal y metal 53) Dos candelabros de metal de plata 54) Una jarra de cerámica color verde 55) Una mesa con la base de metal de hierro forjado con vidrio redondo en la parte superior. DORMITORIO SECUNDARIO: 1) 162 LIBROS, 2) Cuatro piezas o adornos 3) Un satchetero 4) Una caja de huesos 5) Dos portavelas 6) Diez bolsos de diferentes tamaños y colores 7) Dos sombreros 8) Tres gorras 9) Seis velones 10) Una plancha portátil y una a vapor 11) Dos pares de zapatos uno de golf y otro de bowling 12) Par de patines en linea 13) Un bolso de cuero timberland 14) seis pares de zapatos 15) Adornos varios candelabros, portaincienso, dos nacimientos y un portavela 16) Seis sweteres, una falda, dos legin, y un par de medias de lana, 17) Cuatro portarretratos 18) Ocho paños tejidos 19) Un colchon matrimonial 20) Dos bolsos de playa azul y el otro de medicamento 21) Diecisiete muñecas 22) Una cama Queen Size, de madera y hierro con colchon, dos mesas de noche y dos lamparas de mesa de noche 23) Una silla de noche de madera 24) treinta y tres libros 25) Dos almohadas y dos alfombras de area, 24) Dos vestidos, dos blusas, y un conjunto de pantalón, un cubrecolchón, una cobija, una raqueta de tenis 25) Cuatro potes de pelotas de tenis, varias bolsas de regalo 26) Varios mini jabones, dos pesas, y dos calculadoras y una grapadora. Concluye el inventario, haciendo la salvedad que en el inmueble objeto de la presente medida quedarán los bienes que especificaré a continuación, por cuanto por la hora que es ( Una y treinta de la mañana) no se puede ubicar el personal capacitado y especializado que proceda a desinstalar los mismos, por lo que posteriormente con anuencia de la parte actora procedere a retirarlos para su envio a la depositaria judicial nombrada para su resguardo, los bienes son los siguientes: 1) Un aire acondicionado marca ZONLINE 2000, SERIAL 881764, 2) tres lamparas colgante de cristal de seis velas 3) Un aire acondicionado marca ZONLINE 2000 de consola serial 861679, 4) Un aire acondicionado General Electric de consola serial 881680 5) Una lámpara de cristal de ocho velas 6) Dos lámparas de lagrimas y una lámpara colgante de globo, 6) Un aire acondicionado de consola marca singer sin serial visible. 7) Un tanque plástico para almacenar agua, de aproximadamente 1500 Litros, tipo cilindro PVC. Seguidamente este tribunal exhorta a la representante de la depositaria judicial nombrada al efecto a retirar en la brevedad posible los bienes a los cuales hace referencia en su exposición. En este estado el tribunal ejecutor de medidas cumpliendo con lo ordenado por el tribunal de la causa RESTITUYE LA POSESION SOBRE EL INMUEBLE SUFICIENTEMENTE DESLINDADO Y DESCRITO EN LA PRESENTE ACTA A LA PARTE EJECUTANTE HOTEL KRISTOFF C.A, representado en este acto por sus apoderados judiciales HAIDELINA URDANETA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.854.150 y GIXSA SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.521.783, quienes estando presentes reciben el inmueble libre de personas y de cosas, excepto las referidas por la representante de la depositaria judicial nombrada, conforme a derecho y a los efectos de ley.- Cumplida como ha sido la presente Comisión conferida a este Tribunal Ejecutor por el Tribunal Comitente se acuerda su remisión al mismo en original y con todas sus resultas a los efectos legales correspondientes.- Concluye el acto siendo las 4:30 de la mañana, cumpliendo este Tribunal Ejecutor con lo establecido en la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela Art.26 segundo aparte y 254. Terminó, se leyó y conforme firman los presentes.-
LA JUEZ,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
LAS EJECUTANTES.
LOS EJECUTADOS Y SUS APODERADOS JUDICIALES
EL PRACTICO Y REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
JUDICIAL NOMBRADA.
LA SECRETARIA,
ABOG. LINDA AVILA NUÑEZ
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