REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, primero de febrero del año dos mil ocho, siendo las 10:00 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas de las oficinas de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados de la Universidad del Zulia (CAPRELUZ), ubicada en la avenida 22 No.68-56, Sector Indio Mara, sede CAPRELUZ, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue el ciudadano: ALEJANDRO RENE MORALES LOAIZA, portador de la cédula de identidad No.17.604.309, en contra de la ciudadana: LEXY MARGARITA MATHEUS PABÓN, titular de la cédula de identidad No. V-7.774.761.- Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar a el (la) ciudadano (a): ROSA ELENA PINEDA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No. 4.331.948, quién se identifico con el carácter de: ASISTENTE JURIDICO. Seguidamente el Tribunal le notifico que el Ejecutante señaló para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE sobre: los Ahorros que pueda poseer la ciudadana: LEXY MARGARITA MATHEUS PABÓN, titular de la cédula de identidad No. V-7.774.761 en la caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados de la Universidad del Zulia, como miembro de la misma, hasta cubrir la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F.5.000,00).- De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD ANTES SEÑALADA. Asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades a retener deberán ser remitidas mediante Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado en el Edificio Arauca, segundo piso frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar: PRIMERO: Si la demandada es o no miembro de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados de la Universidad del Zulia; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente. En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:15 A.M.-
LA JUEZA
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A)
LA SECRETARIA,
ABOG. LINDA AVILA NUÑEZ
ZC/malpica y.
Comis. No. 3837-2008
Exped. No 1458
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