REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
COMISION 3875-08
En el día de hoy, 19 de Febrero del año dos mil ocho, siendo las 9:10 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa TRANSPORTE DE VALORES VISITECA, ubicada en la calle 77, esquina Avenida 3F, Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: 45.820. Con motivo del Juicio de PENSIÓN ALIMENTARIA seguido por la ciudadana IDA COROMOTO GARCÍA GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 9.720.611, contra el ciudadano GREGORIO ALFREDO GONZÁLEZ SUÁREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.445.989.- En este estado presente el ciudadano (a): KARINA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 9.766.316, quién se identifico con el carácter de SECRETARIA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA DE EMBARGO: sobre: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo o salario, utilidades, vacaciones y cesta ticket. 2) y a los fines de garantizar las pretensiones futuras se decretó EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales anuales, que devenga el ciudadano GREGORIO ALFREDO GONZÁLEZ SUÁREZ, antes identificado, como trabajador de la Empresa TRANSPORTE DE VALORES VISITECA. Se designó como Depositario Judicial de las cantidades de dinero a embargar a BANFOANDES, BANCO UNIVERSAL, las cantidades de dinero deberán ser remitidas al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en Cheque de Gerencia a nombre de dicho Tribunal.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionado. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:15 AM.-
LA JUEZ,
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
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