REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

COMISION Nº3582.-
En el dia de hoy, diecinueve (19) de Febrero del año dos mil Ocho (2008); siendo las Once y Veinte minutos de la mañana en horas de despacho, dia y hora fijados por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medida preventiva de embargo decretada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA seguido por el abogado PEREZ MENDOZA GONMAR (Apoderado judicial de la Compañía anónima Seventeen Colleetions C.A por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA CON SEDE EL VIGIA, y para la cual fue comisionado este tribunal.- A señalamiento de la parte actora, abogado en ejercicio GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, titular de la Cedula de identidad Nº V-13.505.764 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 83.721, se traslado y constituyo este órgano ejecutor de medidas en un inmueble-vivienda, ubicado en el Barrio Guabina Calle Cumana, Conjunto Residencial Cumana, casa sin numero visible en ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido se procedió a imponer y Notificar del objeto de su traslado a la ciudadana BETILDA ALI BERMUDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 11.459.406 quien es parte demandada en el presente juicio.-