Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002588
PARTE ACTORA: MARIA GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EDELYS ROMERO
PARTE DEMANDADA: PUNTO COSMETICOS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Dr. TITO COBO PERCHE.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,19 de febrero de 2008, siendo las 11:25 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MARIA GARCIA y PUNTO COSMETICOS C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales TITO ENRIQUE COBOS PERCHE Y EDELYS ROMERO, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La empresa en este acto, en aras de llegar a un acuerdo equitativo ofrecen pagar en este acto a la trabajadora la cantidad de DOS MIL BOLIVARES FUERTES (B.F.2.000, oo) en dinero en efectivo, los cuales son aceptados por la trabajadora MARIA GARCIA, espontáneamente, libre de constreñimiento, sin coacción ni apremio, haciendo saber que los honorarios profesionales del abogado de la parte demandada, serán cubiertos por la empresa y la Procuradora del Trabajo en su condición de Funcionaria Publico no le esta dado percibir honorario alguno ya que su labor es eminentemente social y remunerada por el Estado.
Con el Pago antes referido se dan por cubiertos todos los conceptos reclamados por la trabajadora y se le pone fin al presente juicio.-. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se ordena el Archivo del Expediente.-


El Juez

La Secretaria

Abg. Carlos Silvestri





Los Presentes