En horas de Despacho del día de hoy 15 de Febrero de 2008, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano JOSE LUIS VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NRO. 9.299.169, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio MANUEL REGNAUT, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 50.635, en su carácter de parte demandante, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo por un monto de ( 14.495,56 BF) de los fondos que existan en la cuenta corriente Nro. 0105-0287-00-1287058299, del Banco Mercantil decretada por el Tribual Comitente en el Juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES, intentado contra la empresa mercantil TECNO KIA COMPAÑÍA ANONIMA, y siendo las 10:00 a.m., se constituyó el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la sede del Banco Mercantil, ubicado en la Calle Monagas, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente EVELYN JIMENEZ CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.871.440,en su carácter de EJECUTIVO DE NEGOCIOS, a quien el Tribunal notifico de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone: “ Señalo para ser Embargado Preventivamente el dinero que reposa en la cuenta Nro. 0105-0287-00-1287058299, del titular TECNO KIA COMPAÑÍA ANONIMA , por el monto de ( 14.495,56Bf). Es todo”.-El Tribunal en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara: embargado preventivamente la cantidad de (14.495,56Bf), asimismo le hacer saber a la persona notificada que deberá librar en este acto Cheque de Gerencia sobre el monto arriba señalado que reposan en la cuenta supra señalada, a favor del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 540 del Código de Procedimiento Civil.- En este acto interviene la persona notificada y expone: “ Consigno en este acto Cheque de Gerencia N° 42092031, librado a favor del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por un monto de( 14.495,56bf), de fecha 15de Febrero de 2.008, y del Banco Mercantil, todo de conformidad con lo ordenado por el Tribunal en funciones”.- Seguidamente el Tribunal recibe conforme el Cheque consignado por la persona notificada y sin más diligencias que practicar el da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:00 a,m.-

La Juez Suplente,
La Parte demandante y su abogado Asistente,
La Persona Notificada,



La Secretaria Temporal,