REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinticinco (25) de febrero de dos mil ocho (2008).
197º y 149º

ASUNTO: VP01-L-2006-002498

PARTE DEMANDANTE:
Ciudadano VANESSIKA ANDREINA RONDON PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.684.642, y domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE:
Ciudadana YELITZA MORONTA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 77.162.

PARTE DEMANDADA:
Sociedad Mercantil BANCA Y AGENCIA DE LOTERIAS OSCAR, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 24 de Mayo de 2004, bajo el N° 41, Tomo 12-A, y la persona del ciudadano OSCAR ENRIQUE NAVARRO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.625.933, y domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
Ciudadano RICARDO BLANCHARD RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 60.731.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA:

HOMOLOGACION DE ACUERDO TRANSACCIONAL:


En el juicio que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales tiene incoada la ciudadana VANESSIKA ANDREINA RONDON PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.684.642, y domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la Sociedad Mercantil BANCA Y AGENCIA DE LOTERIAS OSCAR, C.A., y el ciudadano OSCAR ENRIQUE NAVARRO DIAZ, comparecieron ante este Tribunal para la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública, en fecha 24 de Enero de 2008, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.); la parte demandante, representada judicialmente por su abogada, YELITZA MORONTA; y la parte demandada, Sociedad Mercantil BANCA Y AGENCIA DE LOTERIAS OSCAR, C.A., y el ciudadano OSCAR ENRIQUE NAVARRO DIAZ representada por su apoderado judicial, RICARDO BLANCHARD RODRIGUEZ; observa este Tribunal que con antelación a la celebración de la Audiencia de Juicio, ambas partes manifestaron su voluntad de llegar a un acuerdo, que pusiera fin al presente proceso; en este sentido, la representación judicial de la parte accionada expuso que en nombre de sus representados, BANCA Y AGENCIA DE LOTERIAS OSCAR, C.A. y el ciudadano OSCAR ENRIQUE NAVARRO DIAZ, convenía en la relación laboral existente con la ciudadana VANESSIKA RONDON, y ofrecía como pago por todos y cada uno de los conceptos demandados a objeto de poner fin al presente proceso la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.10.000.000,00), lo que equivale a DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 10.000,00), la cual sería cancelada en cuatro pagos consecutivos, en un lapso no mayor de 30 días entre uno y otro pago, por lo que se comprometió en los siguientes 10 días hábiles a presentar por la Unidad de Recepción de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial Laboral, el cronograma de pagos con las fechas exactas de cancelación. Así las cosas, en fecha 18 de Febrero de 2008 la representación judicial de la parte demandada consignó dicho cronograma de pago, señalando como fechas de pago las siguientes: Primer pago el día 18 de Marzo de 2008, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.500,00); el segundo pago el día 18 de Abril de 2008, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.500,00); el tercer pago el día 18 de Mayo de 2008, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.500,00); y el cuarto pago el día 18 de Junio de 2008, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.500,00).

En consecuencia, visto el acuerdo al cual llegaron las partes, este Tribunal HOMOLOGA el mismo.


DISPOSITIVO:

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:

1.- SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL celebrado entre la ciudadana VANESSIKA ANDREINA RONDON PINEDA y la Sociedad Mercantil BANCA Y AGENCIA DE LOTERIAS OSCAR, C.A., y el ciudadano OSCAR ENRIQUE NAVARRO DIAZ (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales) y en consecuencia se le imparte el carácter de Cosa Juzgada, a dicho mecanismo de autocomposición procesal.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo y por haberlo así convenido las partes.
3.- SE ABSTIENE este Tribunal de dar por terminado el presente asunto y de ordenar el archivo definitivo del mismo, hasta tanto no conste en actas el pago señalado en el presente acuerdo.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de 2008. Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZ,

ABOG. BREZZY MASSIEL AVILA URDANETA.




LA SECRETARIA,

ABOG. YASMELI BORREGO.

En la misma fecha siendo las dos y cuarenta y cuatro minutos de la tarde (2:44 p.m.) se dictó y publicó el anterior fallo.

LA SECRETARIA,

ABOG. YASMELI BORREGO.

BAU/kmo.-