REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 28 de febrero de 2008
ACTA DE TRANSACCION
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002088
PARTE ACTORA : ANGEL CACERES; titular de la cédula de identidad: 9.210.338.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: EDELYS ROMERO, Inpreabogado: 112.536, Procuradora de los Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: EBANO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS RIOS, Inpreabogado: 81.616.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 28 de febrero de 2008, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos ANGEL CACERES, asistido por su apoderada judicial abogada EDELYS ROMERO, Procuradora de los Trabajadores; y EBANO C.A en su condición de parte demandada, representada por su apoderado judicial abogado CARLOS GUSTAVO RIOS, todos amplia y suficientemente identificados en actas; quienes después de múltiples reuniones en los actos de prolongación de la audiencia preliminar donde se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado; las mismas, han llegado a un acuerdo transaccional por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda que se dan por reproducidos por la cantidad de Bs.F. 4.000,00, cantidad ésta que recibe en este acto a su entera satisfacción el ciudadano ANGEL CACERES, mediante cheque N° 65469710, contra Banco Mercantil, de fecha 26-02-2008, a favor del ciudadano ANGEL CACERES,; ahora bien visto el acuerdo de las partes este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith Castro de Mendoza
Los Presentes Abog. Ingrid Vasquez.
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