ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002569

PARTE ACTORA: DERWIS MORALES

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: abogados MOISES ROSENDO y RAFAEL SUÁREZ MEDINA.

PARTE DEMANDADA: IANCARINA

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Nervis Delgado, Inpreabogado N° 23.020.

MOTIVO: Prestaciones sociales

En el día hábil de hoy, 19 de Febrero de 2008, siendo las 9:31 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado se deja constancia que se encuentra presente el apoderado judicial abogado Nervis Delgado en representación de la demandada. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 y 197.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: