REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 29 de febrero de 2008
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2007-000982
AUTO
Visto el acta redactada y suscrita por las partes en la presente causa (demandante y demandada), vale decir, por el demandante ciudadano EDUARD MEDINA, titular de la Cédula de Identidad No. 13.931.378, debidamente asistido por la ciudadana Abogada ZULEMA URDANETA, y la ciudadana Abogada MERLY NAVA, quien tiene el carácter de Apoderada Judicial de la demandada Sociedad Mercantil GLOBAL IMAGEN 1999 C.A., contentiva del Convenimiento celebrado por las mismas con la finalidad de poner fin al presente procedimiento, este Tribunal ordena agregarla a las actas que conforman el presente expediente, procediendo de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos irrenunciables del prenombrado trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA.
Se difiere el archivo definitivo del expediente contentivo de la presente causa, hasta tanto conste en actas el pago total de la cantidad acordada.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria