REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Enero de 2008
196º y 147º
RESOLUCIÓN Nº 015-08.- CAUSA Nº 7E- 421-01
Vista la solicitud realizada por el penado LEONARDO SEGUNDO CARDENAS titular de la cedula de Identidad Nª 18.027.082, en fecha 16-01-2008, la cual peticiona su traslado, al Internado Judicial de Santa Ana Estado Falcón por cuanto se encuentra amenazado de muerte, este Juzgado de Ejecución para resolver sobre lo peticionado hace las siguientes consideraciones:
Consta en actas, que el Penado LEONARDO SEGUNDO CARDENAS titular de la cedula de Identidad Nª 18.027.082, fue sentenciado por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, establecidas en el Artículo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículos 405 del Código Penal, cometidos en perjuicio del ciudadano quien en vida respondía al nombre AGUSTIN ENRIQUE GOMEZ.
Los Juzgados de Ejecución, son Juzgados que le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencias firmes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, este Juzgado Séptimo de Ejecución, ordena el traslado del penado: LEONARDO SEGUNDO CARDENAS titular de la cedula de Identidad Nª 18.027.082 al Internado Judicial de Santa Ana del Estado Falcón, en virtud de la solicitud de traslado interpuesta por el referido penado según se evidencia de las actuaciones cursantes a los folios (607, 608 y 609) de la exposición suscrita por la ciudadana ADRIANA ALVAREZ en su carácter de esposa del referido penado cursante al folio (613) y del acta de entrevista suscrita por el penado de autos cursantes folio (616) en la Cárcel Nacional de Maracaibo, para resguardar su integridad física, ya que está amenazado de muerte.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA EL TRASLADO del penado LEONARDO SEGUNDO CARDENAS titular de la cedula de Identidad Nª 18.027.082, venezolano natural de Maracaibo, mayor de edad, hijo de José Cárdenas y Dilema Rosa Díaz, residenciado en el Barrio La Misión, calle 1, casa S/N Maracaibo Estado Zulia, con las seguridades del caso y la debida custodia militar al Internado Judicial de Santa Ana del Estado Falcón,. En consecuencia, ofíciese a la Cárcel Nacional de Maracaibo, al Internado Judicial de de Santa Ana de San Cristóbal Estado Táchira, y a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Interior y Justicia, solicitando la respectiva autorización de traslado del penado de actas al Internado Judicial antes mencionado. Líbrese Boletas de Notificación a las partes y remítase con oficio al Departamento de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Registrase la presente Decisión.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN,
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente Resolución, bajo el Nº 015-07. Se ofició bajo el Nº 268-08 a la Cárcel Nacional de Maracaibo, bajo el Nº 269-08 al Internado Judicial de Santa Ana del Estado Falcón, bajo el Nº 270-08 a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Interior y Justicia y se Libraron Boletas de Notificación Nº 271-08 con oficio Nº 4489-07, al Departamento de Alguacilazgo.-
LA SECRETARIA,
MMA/zulay
Causa No. 7E-421-01
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