REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
MARACAIBO, 10 DE ENERO DE 2008
195° y 146°
RESOLUCIÓN N° 009-08 CAUSA 6E-544-08.
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Dictada en fecha 20-11-07 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual condena al penado OSCAR ENRIQUE RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 15.410.041, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 28-12-80, hijo de Maria Sunción Paredes y Padre Desconocido, con domicilio en el barrio El Calvario, avenida 100, casa N° 101-20, a 200 metros de la farmacia Santa Ana, de esta ciudad, a cumplir una pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera el nombre de EDUARDO DÁVILA GONZÁLEZ; este Tribunal procede de conformidad con el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocar en estado de Ejecución la mencionada sentencia y en consecuencia a realizar el computo de pena a cumplir por el penado de autos.
Así tenemos que: Consta en actas que el penado OSCAR ENRIQUE RIVERO, fue detenido en fecha 17-08-2007, por lo que lleva efectivamente detenido hasta el día de hoy: 10-01-08: SEIS (06) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS, faltándole por cumplir: ONCE (11) AÑOS, CINCO (05) MESES Y SIETE (07) DÍAS.
En consecuencia, el Penado OSCAR ENRIQUE RIVERO, cumplirá la Pena Principal el día: 17-08-2.019.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 17-08-2.010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 17-08-2.011, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 17-08-2.015, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 17-08-2.016, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.
Finalmente, en cuanto a la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad Civil, equivalente a Una Cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, en este caso a TRES (03) AÑOS, cumplida la pena principal, la cumplirá el día 17-08-2.022. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por el Penado OSCAR ENRIQUE RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 15.410.041, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 28-12-80, hijo de Maria Sunción Paredes y Padre Desconocido, con domicilio en el barrio El Calvario, avenida 100, casa N° 101-20, a 200 metros de la farmacia Santa Ana, de esta ciudad, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera el nombre de EDUARDO DÁVILA GONZÁLEZ. Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley anexadas a oficios.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN.
DR. HEBERTO ESPINOZA BECEIRA.
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARD ECHETO.
En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 009-08 en el Libro de Registro de Resoluciones, llevado por este Tribunal en el presente mes y año, y oficios bajo los Nos 049-08 y 050-08, remitiendo las correspondientes Boletas de Notificaciones.
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARD ECHETO.
ARH/darmis.-
CAUSA N° 6E-544-08.-
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