REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 10 de Enero de 2008
198° y 148°
RESOLUCION N° 007-08 CAUSA N° 6E-540-08.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 13-11-2007 por el Juzgado Décimo Tercero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual condena a la penada MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ FLORES, titular de la cédula de identidad N° V-16.919.630, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 29 años de edad, soltera, profesión u oficio del Hogar, hija de de Ángel Hernández e Isabel Flores, residenciada en Avenida 4 Bella Vista, Calle Trinidad, Casa sin número, diagonal a la Plaza Junín, Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias de Ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta.
Así tenemos que consta en actas que la penada MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ FLORES, fue detenida en fecha 29-05-2007; por lo que hasta el día de hoy 10-01-2008 fecha en que se practica el presente computo de pena: lleva detenida: SIETE (07) MESES, ONCE (11) DIAS, faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES, DIECINUEVE (19) DIAS.
En consecuencia la mencionada penada cumplirá la Pena Principal el día: 29-05-2011.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 29-05-2008, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 29-09-2008, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 29-01-2010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 29-05-2010, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.
Finalmente, se hace de su conocimiento que quedará sujeta a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por una quinta (1/5) parte de la pena impuesta, la cual cumplirá el día 17-03-2012. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCION POR SENTENCIA CONDENATORIA DICTADA EN LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por la penada MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ FLORES , titular de la cédula de identidad N° 16.919.630. Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, librar boleta de notificación a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas de notificación. Regístrese. Notifíquese y remítanse las copias de ley.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN.
DR. HEBERTO ESPINOZA BECEIRA.
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARD ECHETO.
En la misma fecha, se registró la anterior decisión bajo el No 007-08 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, y se ordenó oficiar bajo los N° 044 y 045-08, remitiendo las respectivas boletas de notificaciones a las partes.
EL SECRETARIO,
ARH/gladys.-
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