REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 10 de Enero de 2008
195º y 146º
DECISIÓN Nº 011-08 CAUSA Nº 1E-554-06

Vista la Sentencia definitivamente Firme dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 25-10-07, en contra del penado GABRIEL VILLANUEVA MERCADO, este Tribunal de Ejecución en conformidad con el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha Sentencia y ordena practicar el Computo Legal de Pena de acuerdo a lo pautado en el Artículo 482 Ejusdem.
El penado GABRIEL VILLANUEVA MERCADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.460.152, hijo de Gabriel Enrique Villanueva y Josefina Mercado, residenciado en el Barrio La Lechuza, S/Nº del Estado Zulia, fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1, 2, 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA CARBALLO .

Ahora bien, consta en acta que el penado GABRIEL VILLANUEVA MERCADO fue detenido en fecha 11-07-07, razón por la cual este Tribunal Primero de Ejecución pasa a realizar el computo de pena respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que el mencionado penado hasta el día de hoy, lleva detenido SEIS (6) MESES. Faltándole por cumplir al mismo la pena de CINCO (5) AÑOS Y SEIS (06) MESES por lo cual se hace de su conocimiento lo siguiente:
PRIMERO: Que cumplirá la Pena Principal el día 11-07-2013.
SEGUNDO: Que cumplirá una cuarta parte (l/4) de la pena impuesta el día 11-01-2009, optando al Beneficio de Destacamento de Trabajo.
TERCERO: Que cumplirá una tercera parte (l/3) de la pena impuesta el día 11-07-2009, optando al Beneficio de Régimen Abierto.
CUARTO: Que cumplirá la mitad (½) de la pena el día 11-07-2010.
QUINTO: Que cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 11-07-2011, optando al Beneficio de Libertad Condicional.-
SEXTO: Que cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 11-01-2012, optando al Beneficio de Confinamiento.
Y por último, se hace de su conocimiento que quedara sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una quinta (1/5) parte de la pena impuesta, el día 23-09-2014.-
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Ejecutado el fallo dictado en la presente causa y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por el penado GABRIEL VILLANUEVA MERCADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.460.152, hijo de Gabriel Enrique Villanueva y Josefina Mercado, residenciado en el Barrio La Lechuza, S/Nº del Estado Zulia, de conformidad con los Artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena librar Boleta de Encarcelación con oficio al Director del Retén a los fines de que el penado de autos sea ingresado a la Cárcel Nacional de Maracaibo.
Regístrese la presente Decisión y líbrese Oficio a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, y a la Cárcel Nacional de esta ciudad. Remitiendo, copia certificada del cómputo respectivo.
LA JUEZ,

DRA. MARIBEL MORAN LA SECRETARIA,

ABOG. ANDREA RINCON

En la misma fecha se registro la presente Decisión bajo el Nº 011-07 y se oficio.-
LA SECRETARIA,

ABOG. ANDREA RINCON
MM/lis.-