República Bolivariana De Venezuela
Poder Judicial




Juzgado Tercero de Control Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia

Santa Bárbara de Zulia, 16 de Enero de 2008.-
196° y 147°
Solicitud C03-2428-2007.-
DECISIÓN N° 0014-2008.-


Recibidas actuaciones que conforman investigación signada bajo el N° 24-F16-629-2007, iniciada por la Fiscalia Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede Santa Bárbara de Zulia, seguida a Persona sin identificar, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Persona sin identificar, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de JAVIER ENRIQUE PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.680.516, casado, residenciado en la Avenida 19, Sector Ciro Morales, Casa N° 18-88, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, quien fuera hallado en fecha 18 de Abril de 2005, sin vida dentro de vehículo Marca: Mercury, Modelo: Tracer, Tipo: Sedan, Serial de Carrocería: 3MAP10J2P606086, Serial de Motor: 1.4 CIL, Placas: XWP-255, Uso: Particular, en el Kilómetro 12 de la Carretera Santa Bárbara de Zulia, Vía Concha del Municipio Colón Estado Zulia, previa solicitud de este Tribunal de Primera Instancia Tercero en Funciones de Control, en virtud de presentación de solicitud de Autorización de Traslado del Cadáver de los Jardines del Edén a los Jardines San Carlos, vereda 8 Fila 1, número 32 en la Población de San Carlos de Zulia, Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón Estado Zulia, signada por ante este Tribunal bajo el N° C03-2428-2007, efectuada por la Fiscalia Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Con sede en Santa Bárbara de Zulia, previa solicitud de la ciudadana ODERICA MAGALIS OLIVEROS DE PAZ, titular de la Cédula de identidad N° 4.328.224, quien refiere que donde se encuentra enterrado se inunda y fue voluntad del occiso ser enterrado en Jardines San Carlos.

Ahora bien, del estudios y análisis que conforman de dichas actuaciones se observa que ciertamente, consta en diligencias consignadas por ante la Fiscalia antes señalada por parte de la Ciudadana ODERICA MAGALIS OLIVEROS DE PAZ, según figura en los folios 87, 89 94, y 95 de la presente investigación, ésta en diferentes oportunidades requirió ante el Despacho Fiscal, solicitud de traslado del cadáver del difunto ciudadano JAVIER ENRIQUE PAZ, quien figura en la investigación viuda del hoy occiso. En tal sentido en el Titulo VII, Capitulo II, Sección Tercera, De la Comprobación del hecho en casos especiales, cuyas normas establecidas en el los artículos 214 215, 216 y 217 del Código Orgánico Procesal Penal, establece las practicas de investigaciones exigibles en el proceso penal en aquella causas donde haya ocurrido la muerte de la persona, se requiere a los funcionarios actuante en el procedimiento y autorizado por ley la practica del Levantamiento del cadáver conjuntamente con el Médico Forense, la correspondiente Autopsia legal y por último la potestad del Juez de ordenar la exhumación del cadáver cuando sea presumible la utilidad de la diligencia y las circunstancias lo permitan, a petición del Ministerio Público, ello, con el fin de esclarecer y determinar la verdad de los hechos, es decir, actos propios derivados de la investigación y permitidos por la Ley. No en aquellos casos como el que hoy nos ocupa, que son circunstancias que no son propias de la investigación como es el caso de lo alegado por la solicitante. En ese orden de idea, el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal, le brinda a las partes involucradas en el proceso, el derecho de intervención sobre solicitudes ante el Ministerio Público de prácticas de diligencias que tiendan a esclarecer los hechos, más no este tipo de solicitudes que nada tiene que ver con la investigación, aunado a ello, el Ministerio Público, no se pronunció al respecto sobre el particular en el sentido de indicar si el traslado del referido cadáver podía ser efectuado sin que esto perjudique el curso de la investigación, no obstante que esta juzgadora observa que han transcurrido más de dos años desde la fecha que ocurrió el hecho (18-04-2005), sin que se haya concluido la fase de investigación y de conformidad con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: “A los jueces de esta fase les corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en este Código, en la Constitución de la República, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones (Negrilla y subrayado del Tribunal), y es de conocimiento público en la localidad de la Población de San Carlos de Zulia, que ciertamente el Jardín El Edén presenta en su terreno problemas en la bóvedas ubicada en ese lugar, tal como lo anuncia la ciudadana ODERICA MAGALIS OLIVEROS VIUDA DE PAZ, razones estas por las cuales se declara CON LUGAR la petición realizada por la Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Doctora Yennys Díaz Martínez, debiendo ésta oficiar a las autoridades Municipales, Civiles y Médico Forense competentes para el tramite del Traslado de cadáver de Jardines El Edén a Jardines San Carlos llegando a la Curva Del Colón, en la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, así como participar de la misma a la ciudadana ODERICA MAGALIS OLIVEROS VIUDA DE PAZ. Así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuesto de hecho y de derecho este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA, Autorizar a la Fiscalía Décimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, debiendo oficiar a las autoridades Municipales, Civiles y Médico Forense competentes para el tramite del Traslado del cadáver del ciudadano JAVIER ENRIQUE PAZ, de Jardines El Edén a Jardines San Carlos, llegando a la Curva Del Colón, en la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, así como participar de la misma a la ciudadana ODERICA MAGALIS OLIVEROS VIUDA DE PAZ, y por cuanto no hay otra materia sobre la cual resolver, se ordena la remisión de las presentes actuaciones que conforman la investigación fiscal, acompañada de solicitud N° C03-2428-2007, de traslado de cadáver del referido ciudadano, mediante oficio por ante la mencionada fiscalía, a los fines de que se cumpla con lo acordado y continúe con las investigaciones respectivas. Ofíciese y Cúmplase.

LA JUEZ TERCERO DE CONTROL (T),

ABG. MARVELYS ELISA SOTO GONZALEZ.

LA SECRETARIA,

ABG. MARY LUISA VARGAS MORAN.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado se remite la causa por ante la Fiscalía 16ta., del Ministerio Público del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, bajo oficio N° 0090-2008, constante de ciento ocho (108) folios útiles.-

LA SECRETARIA,

ABG. MARY LUISA VARGAS MORAN.