REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 09 de enero de 2008
197° Y 148°
Decisión N° 64-08 Causa N° 1C-5377-07
Visto el escrito interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Transitorio, ABOG. ELIZABETH BARRIOS PAREDES, donde solicita a este Tribunal de Control el SOBRESEIMIENTO de la causa, de conformidad con lo establecido en Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de YADIRA ARAUJO , por la presunta comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio de MARIA ISABEL CHACON, por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado por esa representación del Ministerio Público, a criterio de esta Juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 Ejusdem, por encontrarse debidamente fundamentado, y en razón de que en la presente decisión serán emitidas las correspondientes boletas de notificación a los fines de que las partes ejerzan su derecho de recurrir a las instancias superiores, para el caso de considerarlo. De lo antes expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Se inicia la presente investigación en fecha 26-10-88 mediante denuncia formulada por ELIZABETH CHACON, en la cual expuso entre otras cosas que, la ciudadana YADIRA ARAUJO, se llevo a su hija MARIA ISABEL CHACON, desconociendo su paradero.
Ahora bien, analizados como han sido los recaudos consignados por el Ministerio Público, no se practico ningún tipo de diligencia tendiente al esclarecimiento de los hechos, ni la comprobación de delito alguno y tomando en consideración el tiempo transcurrido resulta inoficioso la práctica de cualquier diligencia; este Tribunal de Control observa que la solicitud Fiscal cumple con lo establecido en el ordinal 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, para que se pueda Decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y considera que lo procedente y ajustado en Derecho en el presente caso es decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal a favor de YADIRA ARAUJO . Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal, y en consecuencia, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de YADIRA ARAUJO . Regístrese la presente Decisión en el Libro respectivo. Notifíquese a las partes y remítase la presente causa en su oportunidad legal correspondiente.
LA JUEZ (S),
DRA. MAURELYS VILCHEZ
EL SECRETARIO .
ABOG. ANDRES URDANETA
En la misma fecha, se registró la presente Decisión bajo el N° 64-08, en el Libro de Registro de Decisiones, llevado por este Tribunal en el presente año.-
EL SECRETARIO .
Causa 1C-5377 -07.-
MV/adriana p.-
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