JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 28 de Enero de 2008.-
197º y 148º
Visto el Convenimiento realizado en fecha uno (01) de noviembre del 2007, suscrito por los ciudadanos JAQUELIN JOSEFINA PARADA OROSCO Y FRANKLIN ENRIQUE AGUIRRE FARIA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nos11.293.671 y 9.784.866, respectivamente, el Tribunal por considerar que no transgrede el orden público, así como alguna disposición legal, lo homologa, le imparte su aprobación y le imprime los efectos de la cosa juzgada, dejando a salvo los derechos de terceros.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3º y 9º del articulo 72 de la ley orgánica del poder judicial, y de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código de procedimiento civil y 1.384 del Código civil.
Dada sellada y firmada en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la circunscripción judicial del estado Zulia en Maracaibo a los veintiocho días (28) del mes de enero de dos mil siete (2007). Año 197° de la independencia y 148° de la federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
CARLOS RAFAEL FRIAS LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
CRF/cm
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