REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA


EXPEDIENTE: 00430
CAUSA: OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: DEMANDANTE: MARIA YSLELLER RODRIGUEZ
DEMANDADO: ANGEL FRAKOYCE MORON UZCATEGUI

Visto el acta de conciliación inserta al folio 02 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO: ANGEL FRAKOYCE MORON UZCATEGUI y la RECLAMANTE: MARIA YSLELLER RODRIGUEZ, suscrita por ante la Unidad de Defensa Pública para el Área de la Protección del Niño y del Adolescente extensión Santa Bárbara del Zulia, asistidos por la Defensora Pública N° 1 (LOPNA) Abogada MARIA MILAGRO SUAREZ en fecha: 15-01-08 a favor de los adolescentes: TEANYF MAGDIELA, FRANGY THAMERY Y DARLIN SABRINA MORON RODRIGUEZ, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo declara cosa juzgada. Se ordena el archivo del expediente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil ocho.-Años 197° y 148°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-..-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
La Jueza,

Abog. Mariladys González González.
El Secretario,

Wilmer Enrique Ocando Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se archiva el expediente, quedando anotada bajo el número: 05 de las Sentencias Interlocutorias.-
El Secretario,

Wilmer Enrique Ocando Fernández