REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESÚS MARÍA SEMPRUM
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
EXPEDIENTE: 00422
CAUSA: OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: DEMANDANTE: MARIA YSABEL DELGADO
DEMANDADO: EDGAR JOSE URDANETA MONTIEL
Visto el acta de conciliación inserta al folio 11 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO EDGAR JOSE URDANETA MONTIEL y la RECLAMANTE MARIA YSABEL DELGADO, suscrita por ante este Despacho a favor de los niños: EDDIMAR ANDREINA, EDGAR RAMON Y ENYERBER JOSE URDANETA DELGADO, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo declara cosa juzgada. Y se ordena el archivo del expediente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil ocho.-Años 197° y 148°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
La Jueza,
Abog. Mariladys González González.
El Secretario,
Wilmer Enrique Ocando Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se archiva el expediente, quedando anotada bajo el número: 03 de las Sentencias Interlocutorias.-
El Secretario,
Wilmer Enrique Ocando Fernández