ACTA
N° DE EXPEDIENTE: 14.469
PARTE ACTORA: DOUGLAS JESUS DIAZ ROMERO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: C.AN.T.V.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RENE MENDEZ
MOTIVO: JUBILACION

Hoy, ocho (8) de Enero de dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), tuvo lugar la Audiencia Preliminar SE DEJA CONSTANCIA DE LA COMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA representada en este acto por el ciudadano RENE MENDEZ venezolano, mayor de edad, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 77.721; titular de la cedula de identidad numero 13.301.593; Asimismo, se deja expresa constancia que la PARTE ACTORA NO COMPARECIOA a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución el Régimen Procesal Laboral Transitorio de al Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena notificar al Procurador General de la Republica de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el articulo 95 de la Ley de la Procuraduría General de la Republica PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Año 197° y 148°
LA JUEZ

ABG. ANA AVILA LA PARTE COMPARECIENTE

LA SECRETARIA