REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, diecisiete (17) de enero de dos mil ocho (2.008)
197º y 148º

ACTA DE EJECUCIÓN

ASUNTO: VP01-L-2007-001143

En el día de hoy diecisiete (17) de enero de 2.008, siendo las 9:55 a.m., día fijado, para el traslado y constitución del Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a objeto de continuar con el embargo ejecutivo decretado en la presente causa en fecha 27 de noviembre de 2007 y por cuanto queda pendiente por embargar la cantidad de Bs.8.592.089,24,(BsF 8.592,70 ), en el juicio que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales sigue la ciudadana EDYTH EURIOLA ARIAS, titular de la cedula de identidad N° 7.812.443, representada por las Abogadas en ejercicio Elizabeth Andrade y Morelia Saavedra, inscritas en el INPREABOGADO bajo el numero 98.020 y 51.679, respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA ANGA, C.A.. Se trasladó y constituyó el Juzgado, en la sede de la Institución financiera BANCO UNIVERSAL BANESCO, Agencia 077, ubicada en la Av. 4 Bella Vista entre, calles 77 y 76 del C.C. El Paseo, Maracaibo-Estado Zulia, el Tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano OMAR BENÍTEZ, titular de la cedula de identidad N° 12.406.181, con el carácter de Sub-Gerente, quien en principio se negó a suministrar la información ordenada, solicitando a este Tribunal le presentara el acta donde indicara el embargo a la cuenta; posteriormente por sugerencia del departamento legal de la entidad bancaria suministro la información requerida, Seguidamente las apoderadas judiciales de la parte actora procedieron a indicar el N° 01340383003833047352, perteneciente a la cuenta bancaria de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA ANGA, C.A., la cual fue revisada por el notificado; acto seguido este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargada la cantidad de Bs. 8.592.089,24, (BsF 8.592,70 ) y ordena se realice cheque a nombre de la ciudadana EDITH EURIOLA ARIAS, parte demandante en la presente causa, emitiendo la entidad bancaria cheque N°.07721174, de fecha 17de Enero de 2008. En este estado, Se deja expresa constancia de que se ha cubierto el monto total decretado por este Tribuna. Asimismo se ordena agregar al expediente copia simple del cheque recibido por este Tribunal constante de dos (01) folio útil. El Tribunal por cuanto ha cumplido con la misión para la cual se traslado, da por terminado el presente acto, siendo las once y quince (11:15 a.m.) y acuerda su reconstitución en su sede natural. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Se deja constancia que el Tribunal no ha cobrado emolumento alguno por la ejecución realizada. Es todo.

La Juez,

La Secretaria

Abog. Maria Alejandra Henríquez
Abog. Judith del Carmen Castro.



Apoderadas Judiciales de la parte actora,






El Notificado Sub-Gerente

Omar Benítez