ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001802

PARTE ACTORA: HELEN CAROLINA GARCIA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada JANNY GODOY MORENO, YETSY URRIBARRI y KAREN RODRIGUEZ, Inpreabogados N° 67.714, 105.484 y 123.750 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: GRISERCA

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: abogadas Gladis Guerrero y Maricela Machado, Inpreabogados N° 40.816 y 12.502 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 25 de Enero de 2008, siendo las 3:05 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana HELEN CAROLINA GARCIA en su carácter de parte actora asistida por la abogada Karen Rodríguez en su carácter de Procuradores de Trabajadores y GRISERCA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales la apoderada judicial abogada Gladys Guerrero, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela a la demandante la cantidad de seiscientos noventa y tres bolívares fuertes con ochenta y nueve céntimos (Bs.F. 693,89) en cheque corriente de la cuenta N° 0114 0503 78 5030007915 de Grupo de Inversiones y Servicios en BANCARIBE, cheque N° 26521603 a la orden de Helen Carolina García, con la mención NO ENDOSABLE, con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado, utilidades vencidas 2005-2006 y utilidades fraccionadas. Declara la demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Las partes consignan el acuerdo en dos (2) folios y un anexo para agregar al expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena el archivo definitivo de la presente causa, asimismo en este acto se entregan los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: