ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001292

PARTE ACTORA: JOEL ANDUEZA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados CARLOS LEÓN PEÑALOZA, ONEGLI Ollarves y ROSA PORTILLO, INPREABOGADOS N° 110.069, 95.049 y 96.837 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SHELTER & SECURITY, C.A. y SVN SEGURIDAD Y PROTECCION, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Sylvia Romero y Claudia Castillo, Inpreabogados N° 114.156 y 99.811 respectivamente

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 18 de Enero de 2008, siendo las 2:48 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JOEL ANDUEZA en su carácter de parte actora asistido por las apoderadas judiciales abogadas Onegli Ollarves y Rosa Portillo y SHELTER & SECURITY, C.A. y SVN SEGURIDAD Y PROTECCION, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Silvia Romero, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada cancelará el día 22/01/08 en la sede del Tribunal al demandante la cantidad de mil cien bolívares fuertes (Bs.F. 1.100,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, utilidades fraccionadas no canceladas ni disfrutadas, vacaciones fraccionadas no canceladas ni disfrutadas, bono vacacional fraccionado no cancelado ni disfrutado y diferencia por pago de domingos laborados. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena no archivar el presente expediente hasta tanto conste en actas la totalidad del pago. En este acto se regresan los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: