REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo veintiuno (21) de Enero del (2008)
ASUNTO: VP01-L-2007-0002321
Vista la transacción presentada en fecha 17 de Enero del año 2008 por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por el ciudadano GERARDO VILLALOBOS asistido por el abogado WILLIAMS ISAMBERTT y la abogada BETTY ALVAREZ en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS VIGIBAN C.A constante de Dos (2) folios útiles, por la cantidad de mil trescientos veintiséis bolívares fuertes con veintiún céntimos ( Bsf. 1.326,21) ; Este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público; este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MADIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada.
Se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez
Abog. Alexis Figueroa
La Secretaria