N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002025
PARTE ACTORA: WILFRIDO IBARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MANUEL RIVAS
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES ALMOR C.A Y ICCA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BELKYS JULIO Y AURA MICHELENA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 15 de Enero de 2007, siendo las 11:20 a.m. Comparece la ciudadano WILFRIDO IBARRA asistido en este acto por el abogado MANUEL RIVAS y las abogadas BELKYS JULIO Y AURA MICHELENA en su condición de apoderadas judiciales de las sociedades mercantiles CONSTRUCCIONES ALMOR C.A Y ICCA quienes solicitan al tribunal celebrar la prolongación de la audiencia ya que la misma se encuentra fijada para el día de 21 de Enero del año 2008 a las 3:30 p.m., vista la solicitud realizada por las partes y encontrándose a disposición el juez provee lo solicitado, dándose inicio a la prolongación de la audiencia preliminar en la cual las partes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en este acto en 1 folio agregándose a las actas que conforman el presente asunto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes, se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes