REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 06 de Diciembre de 2008
196º y 148º

PRESENTACIÓN DE IMPUTADOS

CAUSA Nº 13C-16299-08 DECISIÓN Nº 4052-08


JUEZ: Dr. VÍCTOR FONSECA
SECRETARIO: ABG. SOLANGE VILLALOBOS
FISCALIA DÉCIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. ÁNGEL RAMÓN CASTILLO
IMPUTADO: HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ
DELITO: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
DEFENSORA Dra. SOFIA THEODOROU

En fecha de hoy, Sábado seis (6) de Diciembre del año dos mil ocho (2008), presente en este Juzgado el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público Abg. ANGEL CASTILLO, quien expone: Presento y pongo a disposición de este Tribunal al ciudadano HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ, en su carácter de imputado por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS prevista en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud del Acta Policial suscrita por Funcionarios adscritos al Comando Regional N° 3 Destacamento de Frontera N° 31 de la Guardia Nacional, mediante la cual los funcionarios actuantes dejan constancia de que el día 05-12-08, encontrándose de servicio en el punto de control fijo de Paraguachón, observaron acercarse al referido punto de control un vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, S/Placa, uso oficial tipo Ambulancia perteneciente al Hospital Médico de Nazaret alta guajira, Colombiana, conducida por el ciudadano Pablo Nerudo Palmar C.I 22.745.392, efectuando la revisión respectiva al equipaje como al vehículo , y verificación de identidad, seguidamente al efectuar la revisión de Cédulas de identidad, se pudo detectar que uno de los pasajeros identificado como HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ C.I. 14.370927, al momento de sacar sus cosas del vehículo se puso nervioso por lo que se efectuó revisión, incautándole una caja de cigarrillos de color blanco con azul de marca PREMIER, en su interior dos envoltorios de papel marrón, en forma de tabaco, con longitud de ocho centímetros de largo, los cuales al ser revisados se pudo constatar que los mismos contenían en su interior una hierba pastosa de color verde y con un olor fuerte y penetrante, por lo que solicita esta representación fiscal se le decrete MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el artículo 256 Ordinales 3º y 4° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente solicito el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, y copia simple de la presente acta es todo”. Seguidamente el Tribunal procede a preguntarle al imputado HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ, si tiene abogado de confianza que lo asista en el presente acto, quien manifiesta si poseer defensor, a la Abogado en Ejercicio Dra. SOFIA THEODOROU INPRE 47734, domicilio procesal Sector Paraíso, Calle 71, N° 19-37 Maracaibo, quien se encuentra presente y acepta la defensa del indicado imputado y jura cumplir con los deberes inherentes, es todo. Seguidamente el imputado es impuesto del Precepto Constitucional a que se contrae el Artículo 49, Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de los Artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, y se interroga sobre sus identidades quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, natural de la Maracaibo, Estado Zulia, de 33 años de edad, fecha de nacimiento: 01-05-1975, soltero (concubino), de Profesión u Oficio Obrero, cédula de identidad N° V-14.370.927, hijo de María del carmen Hernández y Roberto Fernández, residenciado en Barrio Palo Negro, AV. Principal la casa queda al fondo de la Iglesia de Evangelico, Maracaibo Estado Zulia; Seguidamente el Tribunal dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 126 del Código Orgánico Procesal Penal identifica al imputado sobre sus características fisonómicas de la manera siguiente: Sexo Masculino, de aproximadamente 1.63 metros de estatura, de contextura delgada, cabello color negro, de tez morena, ojos color negro, cejas semi-pobladas, boca mediana y labios normales. Seguidamente EL MENCIONADO IMPUTADO MANIFESTÓ QUE SE ACOJE AL PPRECEPTO CONSTITUCIONAL ES TODO. “.Seguidamente se le concede la palabra a la defensa quien expone: Me adhiero a la solicitud Fiscal, es todo.”. Seguidamente escuchadas como han sido todas las partes este Juzgador observa: del Acta Policial de fecha 05-12-2008 suscrita por el Funcionario los efectivos actuante SMB Lino Malvacia Peraza y SMB Pedro Rivas, adscritos al Comando Regional N° 3 Destacamento de Frontera N° 31 de la Guardia Nacional, mediante la cual dejan constancias que el día 05-12-08, encontrándose de servicio en el punto de control fijo de Paraguachón, observaron acercarse al referido punto de control un vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, S/Placa, uso oficial tipo Ambulancia perteneciente al Hospital Médico de Nazaret alta guajira, Colombiana, conducida por el ciudadano Pablo Nerudo Palmar C.I 22.745.392, efectuando la revisión respectiva al equipaje como al vehículo, y verificación de identidad, seguidamente al efectuar la revisión de Cédulas de identidad, se pudo detectar que uno de los pasajeros identificado como HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ C.I. 14.370927, al momento de sacar sus cosas del vehículo se puso nervioso por lo que se efectuó revisión, incautándole una caja de cigarrillos de color blanco con azul de marca PREMIER, en su interior dos envoltorios de papel marrón, en forma de tabaco, con longitud de ocho centímetros de largo, los cuales al ser revisados se pudo constatar que los mismos contenían en su interior una hierba pastosa de color verde y con un olor fuerte y penetrante, igualmente se evidencia de las actas de Entrevistas efectuadas a los ciudadanos testigos Berti Erazo Richard Jose C.I. 12.410.151, Eddar Leonardo Machado C.I.11.221.503 y Lucio Adán Iguaran Iguaran C.I.21.686.048, así como de las Imágenes que guardan relación con la investigación. Ahora bien visto que existen fundados elementos de convicción para estimar que el hoy imputado pudiera ser Autor o Participe en el delito ya tipificado y en virtud que se trata de un hecho punible, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita como lo es el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS prevista en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO, así como tomando en cuenta los principios Garantísta del debido proceso, presunción de inocencia y afirmación de libertad establecidos en los articulo 1, 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los numerales 1° y 3° del articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, proseguir la presente causa por el Procedimiento ordinario e impone Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de libertad prevista en el articulo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal a favor del imputado de auto, a quien se le impone la obligación de presentarse cada treinta (30) días a partir de la presente fecha y la prohibición de salir de la Jurisdicción del estado Zulia sin permiso del Tribunal, En consecuencia se declara con lugar la solicitud de la representante Fiscal. ASÍ SE DECIDE. Por los fundamentos de hecho y derecho anteriormente expuestos este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: SE ACUERDA DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el articulo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ de nacionalidad venezolano, natural de la Maracaibo, Estado Zulia, de 33 años de edad, fecha de nacimiento: 01-05-1975, soltero (concubino), de Profesión u Oficio Obrero, cédula de identidad N° V-14.370.927, hijo de María del carmen Hernández y Roberto Fernández, residenciado en Barrio Palo Negro, AV. Principal la casa queda al fondo de la Iglesia de Evangelico, Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS prevista en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por lo que se les impone la siguientes obligaciones a indicado imputado: 1) Presentarse por ante éste Tribunal cada treinta (30) días y 2) La Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Estado Zulia, sin autorización del Tribunal. SEGUNDO: Se ordena oficia bajo el N° 3847-08 al Comandante del Cuarto Pelotón 4CIA Destacamento de Frontera N° 31 Comando Regional 3 Guardia nacional, a los fines de que el imputado de auto sea pues en inmediata libertad. TERCERO: SE DECRETA el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se hace saber a las partes que quedan notificadas de la presente decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se da por finalizado el acto, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
DR. VICTOR FONSECA.
FISCAL 18° DEL MINISTERIO PÚBLICO

Abg. ANGEL CASTILLO.
EL IMPUTADO,

HUMBERTO LEONEL HERNANDEZ


DEFENSA PRIVADA

Dra. SOFIA THEODOROU


LA SECRETARIA

ABG. SOLANGE VILLALOBOS .
CAUSA 13C-16299-08
VF/Maribel.