JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, cuatro (04) de diciembre de 2008.-
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha veinte (20) de noviembre del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio MARIO ROMERO DELGADO, inscrito en el Inpreabogado Bajo el N° 103.051obrando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal provee conforme a lo solicitado, y por cuanto se observa el vencimiento del lapso para el cumplimiento voluntario fijado por este Tribunal en auto de fecha catorce (14) de Julio de (2.008), no habiéndose manifestado el mismo por parte de los demandados, en consecuencia se decreta el EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la demandada Sociedad Mercantil “JULIO & AXEL, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día veinte (20) de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1998), bajo el N° 35, tomo 34-A, y de los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO QUINTERO PRIETO y DAISY RAMONA RAMÍREZ de QUINTERO, en su condición de fiadores solidarios y principales pagadores de la obligación contraída con la demandante, hasta cubrir la cantidad de CIENTO DOS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs.F. 102.177,24) que es el doble de la suma ordenada cancelar según experticia complementaria del fallo de fecha doce (12) de junio de (2.008); así mismo, queda establecido que si la medida recayera sobre cantidades de dinero el embargo será hasta cubrir la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. F. 51.088,62), que es el monto total ordenado cancelar según la experticia anteriormente mencionada; dejándose a salvo los derechos de terceros. En caso de que la medida recayera sobre un inmueble, y en este se encontrare algún Tercero, se servirá el comisionado no desalojarlo e identificarlo, indicando el carácter con el que dice detentar el inmueble, y si lo hace en nombre propio o de otro, cuyo nombre debe especificarse. Igualmente si encontrare el ejecutado ocupando el inmueble se servirá el comisionado no desalojarlo, y proceda a fijarle una cantidad, que deberá pagar para continuar ocupando el bien hasta su remate, ajustándose en lo posible a las disposiciones sobre regulación de alquileres. Para la ...


..ejecución de la presente medida se comisiona suficientemente a cualquier Juez Ejecutor de Medidas de la República Bolivariana de Venezuela, donde se encuentren los bienes muebles e inmuebles propiedad de la demandada. Líbrese despacho de comisión y oficio.-
El Juez Provisorio,

Mg. Sc. Carlos Rafael Frías La Secretaria,

Mg.Sc. Maria Rosa Arrieta Finol
En la misma fecha se libro despacho y se oficio bajo el número: ________, asimismo la presente resolución quedó asentada bajo el número: _____.-
LA SECRETARIA,
















CRF/MRA/icv.
Exp. N° 6910.