REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, Ocho (08) de diciembre del año dos mil ocho, siendo las 8:30 a.m., de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas de la EMPRESA INGENIEROS BUZOS INDUSTRIALES DE VENEZUELA (IBUCIVEN), ubicada en la circunvalación No. 2, Centro Comercial Dividive, local 8, Municipio Maracaibo del estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.01, en el juicio que por Obligación de Manutención, que sigue la ciudadana: ANA KARINA FLORES SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.395.620, en contra del ciudadano: MAURICE MANUEL LABRADOR ORDOÑEZ, titular de la cédula de identidad No. V-18.873.853, actuando en el interés y beneficios de la niña XXXXXXXXXXXXXXX. Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar al ciudadano (a): MONICA FERRER, titular de la cédula de identidad No. 17.230.979, quién se identificó con el carácter de: COORDINADORA DE SEGURIDAD HIGIENE.- Seguidamente el Tribunal le notificó, que el Juzgado de la causa decretó Medida Preventiva de Embargo: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, horas extras que devenga el mencionado ciudadano MAURICE MANUEL LABRADOR ORDOÑEZ, como buzo de Ingenieros Buzos Industriales de Venezuela, a fin de cubrir la necesidades alimentarías de su hija; B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de cesta ticket; C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades o bonificaciones especiales de fin de año; D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las vacaciones; E) EL VEINTE POR CIENTO (20%), sobre el bono de incremento presidencial; F) EL CIEN POR CIENTO (100%), sobre los beneficios de primas por hijo, útiles escolares y juguetes; G) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de la caja de ahorros y sobre cualquier otro concepto que en caso de despido, retiro voluntario o muerte le pueda corresponder al mencionado ciudadano MAURICE MANUEL LABRADOR ORDOÑEZ, a fin de garantizar las pensiones futuras de su hija nombrada. De inmediato éste TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente DECLARA EMBARGADOS TODOS LOS CONCEPTOS SEÑALADOS en los literales “A”, “B”, “C”, “D”, “E” “F” y “G”. Así mismo se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha, comenzarán las retenciones antes mencionadas, y que las cantidades de dinero a retener el los literales “A”, “B”, “C”, “D” Y “F” deberán ser entregadas directamente a la ciudadana: ANA KARINA FLORES SUAREZ, titular de la cédula de identidad No. V-18.395.620 o remitirlas al tribunal de la causa y el literal “G” deberá ser remitida mediante cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.01, identificado con el número 14010 de expediente para el momento de su consignación, el cual solo recibe cheque los días MARTES Y JUEVES y el mismo se encuentra ubicado en el Anexo del Edificio Arauca, avenida 4 Bella Vista. En este estado el Notificado Expuso: “Me doy por notificado del contenido de la presente acta a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no buzo de Ingenieros Buzos Industriales de Venezuela. SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, y el principio de gratuidad previsto en el artículo 9 la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 9:00 a.m..-
LA JUEZA,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A)


LA SECRETARIA,

ABOG. LINDA AVILA NUÑEZ


ZC/gonzález b.
Comis. No. 4170-2008
Expediente No. 14119