REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.190.-
En horas de despacho del día de hoy 05 de Diciembre del año dos mil ocho, siendo las 10:20 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las Oficinas de la empresa Vigilancia AVISOR, ubicada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, a 100 metros del semáforo del MTC, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No. 01. EXP. No. 13907. Con motivo del juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por la ciudadana ARIAMNA MARIANELA PACHANO CARDOZA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.379.458, a favor de los niños y/o adolescentes XXXXXXXXXXXXXX contra el ciudadano ALEXANDER ENRIQUE PIRELA ISARRA, portadora de la Cédula de Identidad No. 11.299.026.- En este estado presente el ciudadano:¬¬ MARIA LEONOR LEON, portador de la Cédula de Identidad No. 18.662.562, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE CONTABLE.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó, MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre: A) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) como derecho sobre la comunidad conyugal, del sueldo o salario.- B) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso.- C) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del Bono Vacacional o vacaciones. D) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de las Utilidades.- E) EL TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) sobre cualquier otro beneficio que le pueda corresponder al ciudadano ALEXANDER ENRIQUE PIRELA ISARRA, como trabajador de la Empresa AVISOR.- Las cantidades a retener establecidas en los literales (A, B, C, D y E) deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No. 01 EXP: 13907.- Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados, ordenando retener las mismas.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta Empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:25 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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