REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 4164-08
En el día de hoy miércoles tres (03) de diciembre de dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una casa signada con el No. 04, ubicada en la avenida 34, Sector 11, vereda No. 03, Urbanización San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte abogada, EDMARY ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.870.355, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 98.032, a objeto de llevar a efecto la ejecución del presente mandamiento de ejecución emanado del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por REINVINDICACION, sigue el ciudadano GUSTAVO EUGENIO ROSAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 2.869.549, en contra de la ciudadana ROSALBA FERRER FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.390.949. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana ROSALBA FERRER FERRER, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 11.390.949, quien es parte demandada en el presente juicio, a quien se le hace saber que puede comunicarse con un abogado de su confianza para que la asista en este acto. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada EDMARY ANDRADE, antes identificada, expuso: “Solcito al Tribunal le de cumplimiento al presente mandamiento de ejecución y en nombre de mi representado GUSTAVO EUGENIO ROSAS, antes identificado, me haga formal entrega del presente inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Practico al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO URRIBARRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal con el asesoramiento del práctico designado en este acto procede a identificar el inmueble objeto de la presente medida: Tratase de un inmueble conformado por una casa signada con el No. 04, ubicada en la avenida 34, Sector 11, vereda No. 03, Urbanización San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia. Dicho inmueble se encuentra construido con paredes de bloques frisados y pintados, techos en parte de platabanda y en parte con laminas de asbesto, pisos en parte con baldosas de cerámica y en parte de cemento pulido, ventanas en metal y vidrio, puertas principal en madera, el inmueble se encuentra cercado con paredes de bloques, y su frente con portones y puertas metálicas; consta de las siguientes dependencias: Sala, comedor, cocina, lavadero, estar, tres (03) habitaciones, dos de ellas con closet, y una (01) sala de baño, todo el inmueble se encuentra en regulares condiciones de habitabilidad y la zona cuenta con todos los servicios públicos. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente exhorto, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, HACE FORMAL ENTREGA, del inmueble anteriormente identificado, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con las casas Nos. 05 y 07 de la vereda 01; SUR: Con la vereda 03; ESTE: Con la casa No. 02; y OESTE: Con la casa No. 06; a la parte actora ciudadano GUSTAVO EUGENIO ROSAS, antes identificado, representado en este acto por su apoderada judicial abogada EDMARY ANDRADE, ya identificada, quien en nombre de su representado declara recibirlo en este acto libre de bienes y de personas. El Tribunal deja expresa constancia de que la notificada ciudadana ROSALBA FERRER FERRER, ya identificada, parte demandada, retiró los bienes muebles que se encontraban en el inmueble con la colaboración de personal y transporte suministrado por la parte ejecutante de la medida. Finalmente el Tribunal deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las dos de la tarde (2:00 PM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA – PARTE DEMANDADA

EL PRÁCTICO
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

EL SECRETARIO

ABOG. JOSE SOTO ASPRINO