REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 18 de Diciembre de 2008
198° y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-001158
DEMANDANTE: JOSE MANUEL SANTOS MENDOZA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABGDO. CESAR TOVAR CORDERO
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIOPN COOPERATIVA COOPRESE, R. L.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABGDAS. GLADYS SALAS Y BETTY ARTIGAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día hábil de hoy jueves dieciocho (18) de Diciembre de 2008, siendo las 11:20 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, le tiene incoado el ciudadano: JOSE MANUEL SANTOS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 10.841.381, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, CESAR TOVAR CORDERO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 27.918, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez, MARYORIE RODRIGUEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 70.224, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la empresa demandada, ofrece pagar al trabajador la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F= 2.450,00), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para lo cual hace entrega al demandante ciudadano JOSE MANUEL SANTOS MENDOZA, en este mismo acto, la mencionada cantidad en dinero efectivo. Oferta esta que es aceptada por el demandante y su apoderado judicial conformes, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordena el archivo del expediente. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas a los mismos, en este acto.
Siendo las 12:10 PM. Se dio por terminado el presente acto.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,
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