REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 15 de Diciembre de 2008
198° y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-001098
DEMANDANTE: JOSE ALEXANDER ARAY
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABGDO. HUMBERTO JOSE APARICIO ROLLINS
PARTE DEMANDADA: WELLTEC APLICACIONES, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGDO. CARLOS BALZA SOLE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy lunes quince (15) de Diciembre de 2008, siendo las 10:30 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales, le tiene incoado el ciudadano: JOSE ALEXANDER ARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.446.053, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, HUMBERTO JOSE APARICIO ROLLINS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.938, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez, CARLOS BALZA SOLE, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 98.752, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada. Igualmente hizo acto de presencia el ciudadano SEAN ALLAN CAMACHO MAC LEAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.213.089, en su condición de Presidente de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado el Presidente de la empresa demandada, conjuntamente con su apoderado judicial, ofrecen pagar al trabajador la cantidad de TRES MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F= 3.000,00), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para lo cual hacen entrega al demandante, en este mismo acto, del cheque No. 82316546, con la leyenda No Endosable, de fecha de hoy 15-12-2008, por la cantidad antes descrita, girado contra el Banco Mercantil, a nombre del trabajador ciudadano JOSE ALEXANDER ARAY, parte demandante en la presente causa, antes identificado. Oferta esta que es aceptada por el demandante y su apoderado judicial, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que transcurran tres (3), días hábiles, a partir de la presente fecha. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, en este mismo acto.
Siendo las 11:00 AM. Se dio por terminado el presente acto.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,
|