JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL OCHO.
198º y 149º.
Vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana: ELIANNY YUSETH BETANCOURT RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.321.275 y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MIRIAN SALAZAR OCA, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 63.508, con el carácter que tiene acreditado en autos, donde solicita se le haga entrega de los cheques originales cursante a los folios seis (06) y siete (07) del presente expediente, este Tribunal niega dicha solicitud en virtud de que no consta en autos la contestación de la demanda y dichos originales son requisitos fundamentales en el juicio.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
Exp. Nro. 31.099
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