ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001429

PARTE ACTORA: JAVIER NEGRETTE

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada YETSY URRIBARRI MANZANO y José Simancas, Inpreabogado N° 105.484 y 112.275 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: VESESA

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Roque Arispe, Inpreabogado N° 98.642.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 4 de Diciembre de 2008, siendo las 3:29 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadanoJAVIER NEGRETTE en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado José Simancas en su condición de Procurador de Trabajadores y VESESA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Roque Arispe, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará al demandante el día 08/12/08 en la sede del Tribunal a las 2:00 p.m. la cantidad de mil trescientos bolívares fuertes (Bs.F. 1.300,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: