ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002141

PARTE ACTORA: CARMEN DIAZ

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada EDELYS ROMERO, Inpreabogada N° 112.536.

PARTE DEMANDADA: DEXY ESTORNO

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Scarlet Storno y Marcos de Jesús Chandler, Inpreabogado N° 117.330 y 115.112 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 12 de Diciembre de 2008, siendo las 3:39 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana CARMEN DIAZ en su carácter de parte actora asistida por su apoderado judicial abogado Andrés Ventura en su condición de Procurador de Trabajadores y DEXY ESTORNO en su carácter de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Scarlet Storno y Marcos Chandler, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 08/01/09 en horas de la mañana en la sede del Tribunal a la demandante la cantidad de cinco mil bolívares fuertes (Bs.F. 5.000,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones vencidas febrero de 1.997 a mayo 2.008 y prima de navidad. Declara la demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar el mismo hasta tanto no conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: