ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001221
PARTE ACTORA: JORGE PALMAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DANIEL ALVARADO
PARTE DEMANDADA: SERECA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: KARELIS ALBORNOZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,5 de Diciembre de 2008, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos abogado DANIEL ALVARADO actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano JORGE PALMAR y SERECA C.A empresa esta representada por su apoderado judicial abogada KARELIS ALBORNOZ, quienes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la demandada ofrece cancelar la cantidad de Siete mil bolívares (bsf 7.000,00) los cales serán cancelados el día 2 de Marzo del año 2009, el apoderado judicial del trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas las pretensiones del trabajador y los conceptos reclamados en el libelo de la demandada, vistas las exposiciones y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción judicial del esto Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes