JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 06 de agosto de 2008
198° - 149°
Exp. N° 067-04
En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente MULTISERVICIOS LA NUEVA LUCHA, C.A. en contra de la Resolución No. GJT-DRJ-2003-A-933 de fecha de 28 de mayo de 2003 emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 09 de marzo de 2005, este Tribunal homologó y dio por consumado el desistimiento del presente recurso formulado por la ciudadana Leyda Margarita Celis Suárez en su carácter de Presidente y le dio el carácter de cosa juzgada al expresado desistimiento, ordenándose notificar de la misma.
En fecha 16 de mayo de 2007, se libraron oficios de notificación dirigidos a la Procuradora General de la República y a la Gerente Regional de Tributos Internos del Seniat. El 25 de junio de 2007 el Alguacil de este Tribunal consignó el oficio recibido firmado y sellado por la Gerencia Regional de Tributos Internos del Seniat; y el 21 de noviembre de 2007 la abogada Omayra Sanki en su carácter de apoderada sustituta de la Procuradora General de la Republica consignó escrito donde expone la extinción total de las obligaciones tributarias devenidas de la resolución GJT-DRAJ-2003-A-933.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 19 de diciembre de 2007.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso de apelación y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, no siendo la decisión contraria a los intereses de la Republica ,este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 09 de abril de 2005, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,
Abog. Yusmila Rodríguez Romero.
Resolución No. 253-2008
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