REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 14 de Agosto de 2008
198° y 149°
DECISION Nro. 437-08 CAUSA 4E-1443-01
Vista la solicitud interpuesta por la defensora pública Abg. Nancy Morales, mediante la cual solicita la extensión de las presentaciones cada dos (2) meses a favor del penado JESÚS BENITO PORTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.614.198, en virtud a sus ocupaciones laboral, en consecuencia este Juzgado pasa a resolver:
PRIMERO
El penado JESÚS BENITO PORTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.614.198, fue condenado por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL.
SEGUNDO
Ahora bien se evidencia de las actas que este Juzgado elaboro Decisión Nro. 224-06 de fecha 06-07-2006, mediante la cual decreto el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL a favor del penado JESÚS BENITO PORTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.614.198, imponiéndole como una de las obligaciones “presentarse ante este Tribunal y ante la Unidad Técnica cada treinta (30) días”. Asimismo visto el oficio N° 4805 de fecha 13-11-2006 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracaibo y en razón a la solicitud de la defensa, es por lo que este juzgador considera procedente la extensión de las presentaciones a cada dos (2) meses, a favor del penado JESÚS BENITO PORTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.614.198.
DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES A CADA DOS (2) MESES a favor del penado JESÚS BENITO PORTILLO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 20-051957, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.614.198, residenciado en Avenida Principal El Bajo, Calle 14, Avenida 54-39, al lado de la Iglesia San Benito, Municipio San Francisco Estado Zulia, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL. Se acuerda oficiar bajo el N° 3.792-08 a la Unidad Técnica del Sistema Penitenciario de Maracaibo, remitiendo copia certificada de la decisión igualmente se oficia bajo el N° 3.793-08 al Coordinador del Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, remitiendo Boleta de Notificación librada al indicado penado, a la defensa y al representante Fiscal del Ministerio Público.
EL JUEZ (S)
DRA. MARIBEL MORAN
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL ESCOBAR
En la misma fecha se registra la presente Decisión bajo el N° 437-08.
LA SECRETARIA,
MM/edialber
Causa 4E-1443-01
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