REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 06 DE AGOSTO DE 2008
198º Y 149º

RESOLUCION N° 545-08 CAUSA N° 2E-008-07

Evaluadas como han sido las presentes actuaciones, y vista la solicitud realizada por el Abogado ARGENIS MARQUINA GONZALEZ, Defensor Publico Nº 35, mediante la cual solicita la extensión de las presentaciones impuestas al penado FRANHERI JENDRY ARELLANO ARELLANO, manifestando que el mismo por motivos de índole Laboral, se le dificulta el cumplimiento con dichas presentaciones desde que le fue otorgado el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; este Tribunal a los fines de resolver lo solicitado, hace las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el penado FRANHERI JENDRY ARELLANO ARELLANO, titular de la cédula de identidad N° 17.187.261, fue condenado en fecha 24-11-2006, mediante sentencia Nº 026-06, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17, AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 16, y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 20, todos de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, cometido en perjuicio del ciudadano NOE NERIO GARCIA.
En fecha 06 de Diciembre de 2007, este Juzgado Segundo en Funciones de Ejecución, según resolución N° 741-07, le otorgo al penado FRANHERI JENDRY ARELLANO ARELLANO, titular de la cédula de identidad N° 17.187.261, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, imponiéndole como una de sus obligaciones el presentarse por ante este Tribunal y la Delegada de Prueba cada treinta (30) días.
Así mismo Consta en actas en el folio (245), bajo el oficio Nº 2179-08, de fecha 05-06-08, de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracaibo, en el cual informa a este Tribunal de Ejecución que el referido penado a quien se le había acordado en fecha 06-12-07, la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, inicio su Régimen de Prueba en fecha 02-05-08, por lo que hasta la presente fecha solo ha pasado un lapso de tres meses; En tal sentido este Tribunal de Ejecución considera improcedente extender por el momento el lapso de presentación a cada sesenta (60) días por ante este Juzgado y su Delegada de Prueba, en virtud del poco tiempo de inicio de las mismas. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de extensión de presentación interpuesta por el Defensor Publico Nº 35, Abogado ARGENIS MARQUINA GONZALEZ, que actúa en su carácter de Defensor del penado FRANHERI JENDRY ARELLANO ARELLANO, titular de la cédula de identidad N° 17.187.261, venezolano, natural de Santa Bárbara, nacido el 02-03-1983, de 25 años de edad, soltero, obrero, hijo de los ciudadanos MARIA ELENA ARELLANO y de SIMEON RINCON, residenciado en la calle 05, casa Nº 11-67, Sector Chupulún, Santa Bárbara del Estado Zulia, se realice por ante este Tribunal y por ante la Delegada de Prueba, cada sesenta (60) días, en virtud que el mismo inicio en el mes de Mayo del presente año 2008. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a fin de comunicar de la presente decisión, así mismo se ordena oficiar al Departamento del Alguacilazgo remitiéndole Boleta de Notificación. Publíquese, Registrase, Notifíquese.-
LA JUEZA SEGUNDA DE EJECUCION,

ABOG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET LA SECRETARIA,

ABG. ROSA JULIA ZERPA
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 545-08, en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal en el presente mes y año, se libraron Boletas de Notificación, se oficio bajo los Nº 5154-08 y 5155-08.-

LA SECRETARIA,

ABG. ROSA JULIA ZERPA

ARHH/marvelis.-
Causa Nº 2E-008-07.-