REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 10 de Agosto de 2008.
198° y 149°
ACTA DE PRESENTACION DE IMPUTADO
CAUSA N° 12C-18506-08 DECISIÓN N° 5161-08
En el día de hoy, Domingo Diez (10) de Agosto de 2008, siendo las Once y Treinta minutos (11:30 a.m.) de la mañana, compareció por ante este Juzgado Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la Fiscal Cuadragésimo Primero del Ministerio Público con sede en la Villa del Rosario, ABG. YAMIRIS GONZALEZ, quien expuso: “Pongo a la disposición del tribunal a los ciudadanos MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES quienes fueron aprehendidos por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36 Primera Compañía, de fecha 09/08/2008, siendo las dos y treinta de la mañana los funcionarios actuantes salieron de comisión conjuntamente con treinta (30) soldados con destino a la Hacienda Paso Nuevo, propiedad del ciudadano RICARDO GUTIERREZ, ubicada en la Av. Principal frente a la Estación de Servicio La Sierra, del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, en relación a la denuncia interpuesta por el ciudadano AARON ALBETO MANDIQUE MENCIA; titular de la cédula de identidad N° V-13,100.650, de fecha 07.08.08 por ante el puesto Policial, por una presunta invasión de persona desconocida en dicha Hacienda, una vez en el lugar de los hechos se procedió a la detención preventiva de los siguientes ciudadanos MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES, por encontrarse incurso en uno de los delitos Contra La Propiedad, previstos y sancionados en el artículo 471-A del Código Penal, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, leyéndoles sus derechos de imputado conforme al artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo en el mencionado procedimiento reefectuó la retención de un vehículo con las siguientes características MARCA CHEVROLET, MODELO AVEO, PLACAS N° VB7-75I, COLOR AZUL, AÑO 2005, propiedad de la ciudadana OLANO MARTINEZ MARIA ROSA, el cual se encontraba en el terreno de dicha hacienda; considerando esta representante fiscal que la conducta desplegada por los mencionados ciudadanos encuadra en el delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal; cometido en perjuicio del ciudadano RICARDO GUTIERREZ y por cuanto la asistencia de los ciudadanos a los actos del proceso puede ser garantizada con una medida menos gravosa que de la privación de libertad y la pena prevista para esos hechos punibles no excede de diez (10) años solicito la imposición de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de la prevista en los ordinales 3°, 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito el Procedimiento Ordinario y copia simple de la presente acta de presentación, es Todo”. Seguidamente el Tribunal procede a interrogar a los imputados de autos MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas “El Marite”, acerca que si tienen Defensor de Confianza que lo asista en este acto si tenía abogado de confianza, manifestando los ciudadanas CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO Y DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, que si tenían Abogado Defensor, designado en este Acto a la ABOGADA EN EJERCICIO YEANNE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.244.957, inscrita en el INPREABOGADO Nº 129.075, teléfono: 0424-6880051, con domicilio procesal en la Urb. La Victoria, 2da Etapa, calle 68A, casa N° 78-86 Maracaibo Estado Zulia; quien expuso: “Acepto el nombramiento realizado por los imputados CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO Y DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, y juro cumplir fielmente con todos los deberes inherentes a dicho cargo, es todo”. Igualmente los ciudadanos NOLIDA MARIA OLANO MARTINEZ, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO y JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, designaron en este Acto al ABOGADO EN EJERCICIO ORLANDO ENRIQUE TERAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.668.614, inscrito en el INPREABOGADO Nº 99.149, teléfono: 0414-6378056, con domicilio procesal en la Urb.Tinaquillo, casa N° 02 calle 6 diagonal al Abasto Santa Fe, Machiques de Perijá del Estado Zulia; quien expuso: “Acepto el nombramiento realizado por los imputados NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO y JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, y juro cumplir fielmente con todos los deberes inherentes a dicho cargo, es todo”. Seguidamente los imputados MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES; manifestaron no tener Abogado, por lo que se solicita que se le designe un Defensor Público; comunicándose este Despacho con la oficina de la Defensa Pública del Estado Zulia, para que hiciera acto de presencia un Defensor Público de Guardia, haciendo acto de presencia la profesional del derecho Abogado KARINA MAIORIELLO UGAS Defensor Público N° 1, Adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, Villa del rosario; quién fue notificado verbalmente de la designación recaída en su persona y manifestó: “Acepto el cargo recaído en mi persona correspondiente a los mencionados imputados. Es Todo”. Seguidamente el Tribunal procede a identificar a los imputados de auto, de conformidad con lo establecido con los artículos 126 y 127 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando identificados de la siguiente manera como: PRIMERO: MARCO JOSE FLORES MACHADO, Venezolano, natural de Las Palmitas Cesar, portador de la Cédula de Identidad N° V-25.186.870, fecha de nacimiento 18-04-1964, de 44 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de JOSÉ FLORES Y DE PETRONA MACHADO, residenciado en el Barrio Sabana Azul II, calle 157, casa N° 63-40, Parroquia Marcial Hernández del Municipio San Francisco del Estado Zulia, Teléfono N° 0424-6399651. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro canoso, ojos color marrones, labios medianos, orejas medianas, tez blanca, cejas semi pobladas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,75 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta bigotes finos y no presenta cicatriz ni tatuajes visibles para el momento de los hechos. SEGUNDO: JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, Venezolano, natural de Machiques de Perijá, portador de la Cédula de Identidad N° V-15.661.305, fecha de nacimiento 30-11-1979, de 28 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de JOSE GREGORIO DIAZ Y CARMEN MEDINA, residenciado en Machiques de Perijá, Av. Arimpia, frente al Depósito Elimar II, Av Principal, Municipio Machiques de Perijá, Teléfono N° 0424-6688497. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas semi pobladas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta tatuaje en el hombro derecho, presenta lunares en la ceja derecha y en varias partes de la cara con bigotes finos, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento TERCERO: HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-11.718.080, fecha de nacimiento 06-05-1974, de 34 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio chofer, hijo de EVELIA DE TROMPIS Y DE JOSE TROMPIS, residenciado en el sector Darío Gutiérrez, calle 2 ultima calle, Municipio Machiques de Perijá, Municipio Machiques de Perijá, Teléfono N° 0412-0608633. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro, ojos color marrones, labios medianos, orejas medianas, tez blanca, cejas delineadas, nariz pequeña ñata, contextura fuerte, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta cicatriz en el brazo izquierdo motivada a operación. CUARTO: JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-15,559.514, fecha de nacimiento 07-01-1982, de 27 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de MARCOS SERRANO Y DE FIDELINA MARTINEZ, residenciado en la Urb. Tinaquillo, Vereda 9 casa N° 11, frente a la Cancha Techada, Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, Teléfono N° 0414-6655441. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios finos; orejas medianas, tez morena oscuro, cejas escasas, nariz grande, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuajes ni cicatriz visibles para el momento. QUINTO: JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.307.900, fecha de nacimiento 30-08-1989, de 18 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio estudiante, hijo de JAQUELIN TORRES Y OSWALDO BAÑLÑESTERO, residenciado en Sector Alto Viento, calle Principal, casa N° 335, al frente del liceo de Alto Viento, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-4622763. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color semi crespo, ojos color marrones oscuros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez trigueña, cejas pobladas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,75 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta bigotes forma de candado y no presenta tatuajes ni cicatrices visibles para el momento. SEXTO: LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, Venezolano, natural de Machiques de Perijá del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.307641, fecha de nacimiento 05-01-1988, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio profesor de matemática y física, hijo de SENAIDA ARDILA Y DE ELISAUL FUENMAYOR, residenciado en la Av, Santa Teresa frente al restaurante “Aquí me Quedo” Av, Principal, casa N° 181, Parroquia Libertad, del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0412-0754984. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro, ojos color marrones claro, labios semi gruesos, orejas pequeñas, tez blanca, cejas pobladas, nariz pequeña ñata, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta cicatriz ni tatuajes visibles para el momento. SEPTIMO: RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, Venezolano, natural de Machiques de Perijá, portador de la Cédula de Identidad N° V-11.718.453, fecha de nacimiento 23-03-1972, de 36 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio electricista, hijo de MANUEL MIRANDA Y TRERESA GONZALEZ, residenciado en el Sector La Polar, final Av, Chiquinquirá, casa S/N, Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-0605675. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color castaño oscuro, labios finos, orejas pequeñas, tez morena, cejas semi pobladas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. OCTAVO: RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, Venezolano, natural de Machiques de Perijá, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.479.347, fecha de nacimiento 03-11-1986, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio comerciante, hijo de EDUARDO MARTINEZ Y DE MAGALY BRICEÑO, residenciado en EL Sector San Benito, calle Junin, casa N° 57, frente al Ipasme de Machiques, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0426-8605004. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño oscuro, ojos color negros, labios finos, orejas medianas, tez trigueña, cejas pobladas, nariz mediana ancha, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje y presenta cicatriz en la frente visibles para el momento. NOVENO: VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.307.137, fecha de nacimiento 01-06-1987, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de YOLANDA VILLARREAL Y DE JESUS MOLINA, residenciado en la Urb. Funda Perijá, calle Luis Morales, casa S/N diagonal al Colegio Funda Perijá, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0426-9979875. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro, ojos color marrones, labios medianos, orejas medianas, tez morena, cejas finas delineadas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO: GERSON VALERO BAUTISTA, Venezolano, natural de Casigua el Cubo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-21.373.747, fecha de nacimiento 18-12-1986, de 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de JESUS VALERO Y DE LUZ MARINA BAUTISTA, residenciado en el Sector La Pastora, calle y casa S/N, cerca del Abasto El Económico Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° No Posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro, ojos color marrones claros, labios finos, orejas medianas, tez blanca amarillenta, cejas escasas, nariz pequeña aguileña, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO PRIMERO: AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, Venezolano, natural de Machiques de Perijá, portador de la Cédula de Identidad N° V-14.374.036, fecha de nacimiento 08-04-1975, de 33 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio conductor, hijo de ROSALBA FLORES Y ELISAUL FUENMAYOR, residenciado en la Av, Santa Teresa casa N° 181, Av, Principal, frente al Restaurante Aquí me Quedo, Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0263-4146167. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena oscura, cejas semi semi pobladas, nariz mediana ñata, contextura fuerte, estatura 1,75 metros aproximadamente, presenta bigotes gruesos; se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO SEGUNDO: MARIA LETICIA VERA PEREZ, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.522.662, fecha de nacimiento 13-09-1988, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ABIGAIL PEREZ Y DE ELADIO VERA, residenciado en el Sector 1° de Mayo, calle Principal, casa N° 360, diagonal al Abasto Los Compatriotas, Machiques de Perijá del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-2207930. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño claro, ojos color cafe, labios finos, orejas medianas, tez trigueña, cejas delineadas, nariz perfilada, contextura fuerte, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO TERCERO: DICLA ZARAITH PEREZ, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, portador de la Cédula de Identidad N° V-14.233.671, fecha de nacimiento 06-03-1980, de 28 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de IRIS RAMONA PEREZ Y DE PADRE DESCONOCIDO, residenciado en Tinaquillo 1 calle 8 casa N° 04, diagonal a la Carnicería La Familia, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-4651398. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color marrones labios finos, orejas pequeñas, tez trigueña, cejas delineadas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO CUARTO: CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, Venezolano, natural de Machiques de Perijá, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.305.667, fecha de nacimiento 13-08-1986, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio estudiante de enfermería, hijo de BEATRIZ CORRALES Y DE AGUSTIN FUENMAYOR, residenciado en Tinaquillo 1 Vereda 30, casa N° 21, cerca del Abasto Santa Fe, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0263-4733970 y 0426-7697163. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color marrones, labios semi gruesos, orejas pequeñas, tez morena, cejas escasas delineadas, nariz pequeña aguileña, contextura delgada, estatura 1,50 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO QUINTO: YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, Venezolano, natural Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.948.318, fecha de nacimiento 28-09-1986, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ANGEL EDUARDO PINEDA Y DE ANA CECILIA PAZ DE PINEDA, residenciado en el Sector 1° de Mayo, casa S/N, calle no la recuerda queda cerca del Cementerio Nuevo, Municipio Machiques del Estado Zulia. Teléfono N° 0416-8630911. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas escasas delineadas, nariz pequeña aguileña, contextura delgada, estatura 1,50 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO SEXTO: KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.523.741, fecha de nacimiento 04-01-1987, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ANGEL FERNANDO FERNANDEZ FLORES Y DE RAQUEL DEL SOCORRO ROMERO MEJIOAS, residenciado en el Barrio Simón Bolívar, casa N° 36, por el Fondo del Colegio Funda Perijá, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0426-6693755. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño oscuro, ojos color negros, labios gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas semi pobladas delineadas, nariz pequeña ñata, contextura fuerte, estatura 1,50 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento.- DECIMO SEPTIMO: NOLIDA MARIA OLANO MARTINEZ, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-7,632,530, fecha de nacimiento 15-05-1959, de 49 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Contador Público, hijo de MELECIO OLANO Y DE CARMEN MARTINEZ, residenciado en el Sector Las Chamarretas, calle y casa S/N, como a dos cuadras del Abasto Vera, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0263-4732068. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez trigueña, cejas escasas, nariz pequeña ñata, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO OCTAVO: MARISOL PINEDA PAZ, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-16.108.133, fecha de nacimiento 24-03-1976, de 33 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ANGELEDUARDO PINEDA PINEDA Y DE ANA CECILIA PAZ PAZ, residenciado en el sector Rafael Caldera, calle Nueva Delicias, casa S/N, al fondo del taller Señor Meriño, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0426-6612611. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas escasas, nariz mediana aguileña, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. DECIMO NOVENO: ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.696.387, fecha de nacimiento 24-11-19471-A, de 25 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ELIGIO CAMARILLO Y DE ARACELIS DELA HOZ, residenciado en la Avenida la Arimpia, frente a la Licorería Elimar II, calle y casa no recuerda, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-5676257. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro semi crespo, ojos color marrones, labios semi gruesos, orejas medianas, tez trigueña, cejas delineadas, nariz mediana, contextura fuerte, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta tatuaje en la espalda con forma de escorpión no presenta cicatriz en para el momento. VIGESIMO: MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, Colombiana, natural de Sucre, portador de la Cédula de Identidad N° E-471-A,229.323, fecha de nacimiento 04-06-1968 de 40 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de OCTAVIO ACOSTA Y MERCEDES GARAY, residenciado en el Sector Las vegas, calle y casa S/n, cerca del Abasto La Económica, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° 0263-6921799. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas pequeña, tez blanca, cejas escasas, nariz pequeña ñata, contextura fuerte, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. VIGESIMO PRIMERO: MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-20.743.745, fecha de nacimiento 27-03-1989, de 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ROSAURA DE JESUS DE ARROYO GONZALEZ Y DE PADRE DESCONOCIDO, residenciado en el Sector 1° de Mayo, casa N° 4 calla el Botellón, por el estadio Ramón Antonio Gutiérrez, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0263-6922242 (Abuela). Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño oscuro semi crespo, ojos color marrones oscuros, labios pequeños, orejas medianas, tez morena, cejas pobladas, nariz pequeña, contextura fuerte, estatura 1,45 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento VIGESIMO SEGUNDO: KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-16.969.815, fecha de nacimiento 27-11-19471-A, de 24 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrera, hijo de ROMELIA LEMUS SANTUIAGO Y DE PADRE DESCONOCIDO, residenciado en el Sector la Isla, calle 89, doagnal al Puente calle Principal, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios finos, orejas medianas, tez morena, cejas semi pobladas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento VIGESIMO TERCERO: KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-18.524.850, fecha de nacimiento 18-03-1986, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de ROMELIA LEMUS Y GERONIMO BLANCO, residenciado en el Centro por la calle Unin cerca del Ipasme, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color rojito teñido, ojos color marrones, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas semi pobladas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia q que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento VIGESIMO CUARTO: YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, Venezolano, natural Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-13.471.027, fecha de nacimiento 01-12-1975, de 32 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ama de casa, hijo de MLECIO OLANO Y DE LEIDA CASTILLO residenciado en la Urb. Tinaquillo I, vereda 26 casa N° 11, frente a la cancha, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° 0414-6655441 (esposo). Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color rojizo teñido, ojos color marrones, labios finos, orejas medianas, tez blanca, cejas escasas, nariz pequeña, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento.- VIGESIMO QUINTO: ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.949.816, fecha de nacimiento 28-03-1987, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio albañilería y tercer semestre de Ciencias y Artes Militares en la Unefa, hijo de ELIA MORILLO Y DE MARIA MAGDALENA MONTIEL, residenciado en el Sector Chamarreta, entre Tinaquillo II y Chamarreta, cerca del Colegio La base, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° 0414-6903379. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios finos, orejas medianas, tez morena, cejas semi pobladas, nariz mediana ancha, contextura delgada, estatura 1,75 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento.-
VIGESIMO SEXTO: CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-15.390.238, fecha de nacimiento 23-05-19471-A, de 25 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Aracelis Montiel y de Luis Ángel Medero, residenciado en Tinaquillo no se el numero de casa y calle, como a una cuadra del Colegio, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño oscuro semi crespo, ojos color marrones, labios semi gruesos, orejas medianas, tez blanca rojiza, cejas semi pobladas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,80 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta cicatriz en el ante brazo derecho y no presenta tatuaje para el momento. VIGESIMO SEPTIMO: CARLOS GONZALEZ, Venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-14.375.677, fecha de nacimiento 08-10-1976, de 32 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ordeño, hijo de JOSE LUIS GONZALEZ Y DE ALIDA GONZALEZ, residenciado en la Matera El Capitán, cerca de Machiques, via a Canana, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios gruesos, orejas medianas, tez morena oscura, cejas pobladas, nariz mediana ancha, contextura fuerte, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. VIGESIMO OCTAVO: NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, Venezolano, natural de Mene grande del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-12.458573, fecha de nacimiento 31-12-1969, de 38 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de AQUILINO ALVAREZ Y DE MARIA CAMACHO, residenciado en las Vegas, calle y casa S/N en un ranchito, cerca de la Tienda entrando a las Vegas Maracaibo Estado Zulia, Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro ondulado, ojos color negros, el ojo izquierdo presenta catarata, labios gruesos, orejas medianas, tez morena, cejas escasas, nariz mediana grande, contextura delgada, estatura 1,75 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. VIGESIMO NOVENO: OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.948.-885, fecha de nacimiento 01-07-1988, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de OMAR BERRUETA Y MARNBELIS VARGAS, residenciado en la Urb. Tinaquillo, Vereda 30 casa N° 27, bastante retirado de la Iglesia de Tinaquillo, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° 0263-4734438. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color marrones, labios finos, orejas pequeña, tez morena, cejas escasas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado presenta cicatriz en ambas cejas y no presenta tatuaje para el momento. TRIGESIMO: YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-15.659304, fecha de nacimiento 10-10-1980, de 27 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de NEILA ROSA SUAREZ Y DE CESAR AUGUSTO PEREZ, residenciado en Barrio Darío Gutiérrez, calle Principal, casa S/N diagonal ala Tienda Vipan, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° 0414-96310471-A. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios gruesos, orejas medianas, tez negra, cejas escasas, nariz mediana aguileña, contextura delgada, estatura 1,72 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento.-TRIGESIMO PRIMERO: DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, Venezolano, natural de Municipio Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.280.130, fecha de nacimiento 16-07-1986, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio técnico de sistema de riego, hijo de LIDIS MERCEDES BERRIOS Y DE HECTOR BAENA, residenciado en el Sector Tío Agustín, av principal, casa S/N, vía a la Hacienda El Capital, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0414-69575471-A 0261-6920269. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios gruesos, orejas pequeña, tez morena, cejas semi pobladas, nariz grande, contextura delgado, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento TRIGESIMO SEGUNDO: JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, Colombiano, natural de Manatí, Atlántico, portador de la Cédula de Identidad N° E-471-A.480.285, fecha de nacimiento 17-11-1973, de 34 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio albañil, hijo de JACINTO ALGARIN Y DE ROSITA MARTINEZ, residenciado en el Sector Las Vegas, Invasión 4 de Febrero, en la calle Principal, Municipio Machiques del Estado Zulia, Teléfono N° 0416-9170966. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios gruesos, orejas medianas, tez negra, cejas escasas, nariz grande, contextura fuerte, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. TRIGESIMO TERCERO: JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-17.949.586, fecha de nacimiento 14-02-1988, de 20 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de FRANCSICO JIMENEZ Y DE CARMEN ROSA SOLANO, residenciado en Barrio Bolívar, casa S/N entrando por la segunda calle, al frente del Mercal, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° No Posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color marrones, labios semi gruesos, orejas medianas, tez blanca, cejas pobladas, nariz grande, contextura delgada, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. TRIGESIMO CUARTO: ELVER GONZALEZ, Venezolano, natural de Paraguaipoa del Estado Zulia, portador de la Cédula de Identidad N° V-20.609.588, fecha de nacimiento 18-04-1986, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio ayudante de albañilería, hijo de OLGA GONZALEZ Y PADRE DESCONOCIDO, residenciado en Sector La Culebra, Matera La Culebra, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color negro, ojos color negros, labios semi gruesos, orejas medianas, tez morena rasgos guajiro; cejas semi pobladas, nariz mediana, contextura delgada, estatura 1,60 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento. TRIGESIMO QUINTO: VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES, Venezolano, natural de Machiques del Estado Zulia, Indocumentado, fecha de nacimiento 24-12 no recuerda el Año, de 55 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de ANTONIO BARRIOS Y DE RAMONA FLORES, residenciado en Ranchería, casa y calle S/N, Municipio Machiques del Estado Zulia Teléfono N° No posee. Posteriormente el Tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación: cabello color castaño oscuro ondulado largo, ojos color amarillo rayados, labios semi gruesos, orejas grandes, tez blanca amarillenta, cejas semi pobladas abundante, nariz grande alargada, contextura fuerte, estatura 1,70 metros aproximadamente, se deja constancia que el imputado no presenta tatuaje ni cicatrices visibles para el momento.- Seguidamente los imputados antes identificados fueron impuestos de sus Garantías y Derechos Constitucionales y Legales previstos en el artículo 49, ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículo 125 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 136 Ejusdem, y en consecuencia el Imputado MARCO JOSE FLORES MACHADO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, expresó su deseo de no declarar, Es todo”.El imputado HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, expresó su deseo de no declarar, Es todo”.El imputado JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”.El imputado JHULIAN RAMON BALLESTERO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, , expresó su deseo de no declarar, Es todo”.El imputado RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”.El imputado RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, , expresó su deseo de no declarar, Es todo” El imputado VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado GERSON VALERO BAUTISTA, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado MARIA LETICIA VERA PEREZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado DICLA ZARAITH PEREZ,, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado MARISOL PINEDA PAZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado CARLOS GONZALEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado ELVER GONZALEZ, expresó su deseo de no declarar, Es todo”. El imputado VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES, expresó su deseo de no declarar, Es todo”.Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa Privada a cargo de la Abog. YEANNE HERNANDEZ, quien expuso: “Me adhiero a la solicitud del Representante del Ministerio Público mediante el cual solicita a favor de mis defendido la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, conforme a lo dispuesto al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, que considere el Juez de la causa. Asimismo solicito copia simple de todas las actuaciones de la presente causa, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa Privada a cargo de la Abog. ORLANDO ENRIQUE TERAN, quien expuso: “Me adhiero a la solicitud del Representante del Ministerio Público mediante el cual solicita a favor de mis defendido la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, conforme a lo dispuesto al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, que considere el Juez de la causa. Asimismo solicito copia simple de todas las actuaciones de la presente causa, es todo”.Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa Privada a cargo de la Abog. YEANNE HERNANDEZ, quien expuso: “Solicito al tribunal la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, conforme a lo dispuesto al artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y no como lo solicita el Ministerio Público ordinales 4° y 9° ejusdem. Asimismo solicito copia simple de todas las actuaciones de la presente causa, es todo”. Seguidamente oídas las exposiciones de la Representante Fiscal de los imputados, de las Defensas Técnicas Privadas y de la Defensora Pública, así como después de revisadas las Actas que acompañan la solicitud Fiscal, este juzgador hace los siguientes pronunciamientos: 1.- Conforme el contenido de las actas, como lo son el Acta de Investigación levantada por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía de fecha 09/08/2008, inserta a los folios cuatro al seis (4 al 6) de las presentes actuaciones, la cual narra las circunstancias de tiempo, modo y lugar como fue aprehendido de los ciudadanos imputados antes mencionados. Igualmente consta en Actas: Constancia de Retención de Vehículo, inserta a los folios cuarenta (44) de la presente causa, emanadas de la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía de fecha 09/08/2008, donde se observa las características del automotor retenido en el procedimiento policial.- Vistas fotográficas tomadas pro funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana; Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía, mediante el cual dejan constancia de las estructuras improvisados supuestamente implementada por los imputados de autos, así como también se observa la presencia de los efectivos policiales explicándole que las invasiones no se encuentran amparadas por la Ley y que era un hecho punible. Actas de Notificación de los derechos de los imputados de autos, inserta en la presentes actuaciones suscrita por los funcionarios actuantes de conformidad con lo establecido en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 Constitucional. Ahora bien; considera este Juzgador que estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal para perseguirlos no se encuentra evidentemente prescrita, como lo es el delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal; cometido en perjuicio del ciudadano RICARDO GUTIERREZ. 2.- De igual forma, de dichas actuaciones surgen fundados elementos de convicción para estimar que los hoy imputados, son autores o partícipes en los hechos atribuidos por el Ministerio Público, convicción que se obtiene en primer lugar del Acta de Investigación levantada por funcionarios adscritos a la a la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía inserta a los folios cuatro al seis (4 al 6) de las presentes actuaciones, la cual narra las circunstancias de tiempo, modo y lugar como fue aprehendido de los ciudadanos imputados antes mencionados. Igualmente consta en Actas: Constancia de Retención de Vehículo, inserta a los folios cuarenta (44) de la presente causa, emanadas de la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía de fecha 09/08/2008, donde se observa las características del automotor retenido en el procedimiento policial.- Vistas fotográficas tomadas pro funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana; Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía, mediante el cual dejan constancia de las estructuras improvisados supuestamente implementada por los imputados de autos, así como también se observa la presencia de los efectivos policiales explicándole que las invasiones no se encuentran amparadas por la Ley y que era un hecho punible. 3.- Ahora bien, en cuanto al tercer requisito exigido por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, referido al peligro de fuga y de obstaculización para determinar la imposición de la medida extrema de privación de libertad, considera este juzgador que los hechos investigados establecen una pena que no exceden de diez años en su límite superior, y aun en conjunto dada la concurrencia real de delitos establecida, tampoco la pena probable a imponer es sustancialmente alta, pudiéndose constatar que no existe el peligro de fuga, ya que los imputados se encuentra plenamente identificados, han señalado una dirección exacta, no evidenciándose tenga medios o facilidad para evadirse; en cuanto al peligro de obstaculización, se observa igualmente que el vehículo en el se encontraba una de las imputadas también se encuentra detenido a la orden de la Fiscalía, por lo que no existe el peligro de obstaculización de la investigación ni en la búsqueda de la verdad; por lo que tomando en consideración la entidad de los delitos, la magnitud del daño causado y la pena probable a imponer; así como el estado de libertad y la proporcionalidad de la pena establecidos en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, considera este juzgador que las razones que determinan la imposición de la medida privativa de libertad pueden ser razonablemente satisfechas con la imposición de medida cautelar menos gravosas que garanticen el sometimiento del procesado a la persecución penal y la búsqueda de la verdad, por lo que se declara parcialmente con lugar la solicitud fiscal respecto de la imposición de una medida cautelar sustitutiva de la privativa de la libertad. Y ASI SE DECIDE. Razón por la cual este Juzgador considera procedente en derecho decretar la aplicación de una MEDICLA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES, plenamente identificados en actas, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole la obligación de presentarse por ante el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario de Perijá cada TREINTA (30) días, la prohibición de salida de la Jurisdicción del Tribunal y la prohibición de acercarse a la Hacienda Paso Nuevo propiedad del ciudadano RICARDO GUTIERREZ y de abstenerse de realizar INVACIONES; por lo que los imputados antes mencionados de conformidad con lo establecido en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal deberán comprometerse con la obligación anteriormente impuestas por este Tribunal. En este estado, presente los imputados de autos con la asistencia respectiva dicha expuso: “Nos damos por notificado de la obligaciones impuestas, nos comprometemos a presentarnos en las oportunidades fijadas y las que se nos señalen, bastando para ello que se nos dirija cualquier convocatoria a la dirección de residencia aportada a este despacho en este acto, es todo”. En virtud de los anteriores pronunciamientos y conforme a la solicitud fiscal, se ordena tramitar esta causa de acuerdo con las normas del Procedimiento Ordinario, conforme al último aparte del artículo 373, en concordancia con los artículos 280 y 300, todos del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud fiscal e impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados MARCO JOSE FLORES MACHADO, JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA, HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS, JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ, JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES, LUIS FERNANDO FUENMAYOR ARDILA, RICHARD NILSON MIRANDA GONZALEZ, RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO, VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO, GERSON VALERO BAUTISTA, AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES, MARIA LETICIA VERA PEREZ, DICLA ZARAITH PEREZ, CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO, YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ, KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO, NOLIDA MARIAOLANO MARTINEZ, MARISOL PINEDA PAZ, ANGELICA LUCIA CAMARILLO DE LA HOZ, MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA GARAY, MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ, KARELIS DEL CARMEN LEMUS SANTIAGO, KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO, YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO, ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL, CARLOS EDUARDO BERRUETA VARGAS, CARLOS GONZALEZ, NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO, OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS, YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ, DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS, JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ, JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO, ELVER GONZALEZ , Y VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES; plenamente identificados de conformidad con lo previsto en el articulo 256 ordinales 3° 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole la obligación de presentarse por ante el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario de Perijá cada TREINTA (30) días, la prohibición de salida de la Jurisdicción del Tribunal y la prohibición de acercarse a la Hacienda Paso Nuevo propiedad del ciudadano RICARDO GUTIERREZ y de abstenerse de realizar INVACIONES; en concordancia con el artículo 260 ejusdem, por la presunta comisión de los delitos de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal; cometido en perjuicio del ciudadano RICARDO GUTIERREZ. SEGUNDO: Se Declara CON LUGAR, la solicitud de la aplicación de una MEDICLA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD formulada por la defensa Privada y Pública. TERCERO: Se ordena DECLINAR LA PRESENTE CAUSA al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario; a los fines de conocer y decidir en dicha causa a tenor de lo establecido en el Artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón que los hechos sucedieron en esa Jurisdicción.- CUARTO: Se Declara CON Lugar lo solicitado por el Ministerio Público en relación a la aplicación del procedimiento ORDINARIO en la presente causa. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley, quedando notificadas las partes de la presente decisión, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se libró copia certificada del presente acto, para ser archivada en el copiador respectivo. Se registró la presente decisión bajo N° 5161-08, se libró oficio al Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 3, Destacamento de Frontera N° 36, Primera Compañía bajo N° 3625-08, notificándole de la presente decisión. Concluyó
el presente acto siendo las Seis y Treinta (06:30 PM) horas de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ DUODÉCIMO DE CONTROL,
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,
ABG. YAMIRIS GONZALEZ
LOS DEFENSORES PRIVADOS
ABOG. YEANNE HERNANDEZ ABOG. ORLANDO ENRIQUE TERAN
LA DEFENSORA PÚBLICA N° 1
ABOG. KARINA MAIORIELLO UGAS
LOS IMPUTADOS,
MARCO JOSE FLORES MACHADO JOSE GREGORIO DIAZ MEDINA
HECTOR LUIS TROMPIS CONTRERAS JEISON ENRIQUE SERRANO MARTINEZ
JHULIAN RAMON BALLESTERO TORRES LUIS FERNANDO FUENMAYOR A.
RICHARD NILSON MIRANDA G. RODOLFO EDWUARD MARTINEZ BRICEÑO
VICTOR JESUS VILLARREAL PUELLO GERSON VALERO BAUTISTA
AUDIO ALBERTO FUENMAYOR FLORES MARIA LETICIA VERA PEREZ
DICLA ZARAITH PEREZ CLAUDIA PAOLA CORRALES FARELO
YULIMAR PAOLA PINEDA PAZ KARINA MARGARITA HERNANDEZ ROMERO
NOLIDA MARIA OLANO MARTINEZ MARISOL PINEDA PAZ
ANGELICA L. CAMARILLO DE LA HOZ MARIA DE LA CONCEPCION ACOSTA G
MARIANA BEATRIZ ARROYO GONZALEZ KARELIS DEL CARMEN LEMUS S.
KENIA CAROLINA LEMUS SANTIAGO YANITZA DEL CARMEN OLANO CASTILLO
ELIECER DE JESUS MORILLO MONTIEL CARLOS EDUARDO BERRUETA V.
CARLOS GONZALEZ NELSON JOSE ALVAREZ CAMACHO
OMAR ENRIQUE BERRUETA VARGAS YONESTO AUGUSTO PEREZ SUAREZ
DIOFANOL JOSE BAENA BERRIOS JACINTO RAFAEL ALGARIN RUIZ
JOSE LUIS JIMENEZ SOLANO ELVER GONZALEZ
VICTOR MANUEL BARRIOS FLORES
EL SECRETARIO
ABG. ERNESTO JOSE ROJAS HIDALGO
FHR/EJRH/jm*
CausaNº12C-18506-08